Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 24 de Marzo de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 275109471

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 24 de Marzo de 2011

Fecha24 Marzo 2011
Número de expediente25292
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE: JORGE MAURICIO BURGOS RUÍZ Tutela No. 25292 Acta No. 23 Bogotá D.C., veinticuatro (24) de marzo de dos mil once (2011).

Decide la Corte sobre la acción de tutela interpuesta a través de su representante legal por la sociedad MAYA Y BEDOYA LTDA contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI y el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.I-. ANTECEDENTES

1-. La sociedad accionante adelantó la presente acción de tutela, al considerar que se le vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y al acceso a la administración de justicia, con la decisión adoptada por las autoridades judiciales accionadas en el trámite del proceso ordinario laboral que en su contra instauró E.G.C..

Manifiesta que dentro del mencionado proceso judicial, la demandante pretendía el reajuste de sus prestaciones sociales así como el reconocimiento y pago de la indemnización por despido sin justa causa.

El proceso le correspondió por reparto al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Cali, despacho judicial que profirió sentencia el 27 de noviembre de 2009, en la que condenó a MAYA y BEDOYA LTDA a pagar a la actora del juicio las cesantías, intereses a las cesantías, indemnización por despido injusto, indemnización moratoria y, la absolvió de la pretensión relacionada con acoso laboral.

Inconforme la demandada con la anterior decisión, interpuso contra ella recurso de apelación, el que fue resuelto por el tribunal accionado el 27 de septiembre de 2010, decisión en la que revocó parcialmente la proferida por el a quo, absolviendo a la demandada del reajuste de las prestaciones sociales, vacaciones e indemnización moratoria y, confirmando la condena impartida por concepto de indemnización por despido sin justa causa.

Se duele la peticionaria de las sentencias proferidas tanto en primera como en segunda instancia, concretamente en relación con la condena impartida por concepto de indemnización por despido sin justa causa, pues en su sentir, la justa causa se acreditó en el proceso y se hizo consistir en el hecho de haber elaborado la señora Garcés Corredor una certificación laboral donde manifestaba ganarse más de lo devengado para presentarla a una entidad financiera, carta que fue firmada por quien no era competente para ello, hecho que llevó a que se le citara a diligencia de descargos, la que se abstuvo de firmar y que, con posterioridad a la finalización de una incapacidad médica que le fuera expedida, conllevó a su desvinculación de la sociedad accionante.

Por lo anterior, solicita al juez de tutela se conceda el amparo constitucional deprecado y, como consecuencia de ello, se deje sin efecto el literal...

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