Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 7 de Abril de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 275113039

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 7 de Abril de 2011

Fecha07 Abril 2011
Número de expediente53230
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA¡Error!Marcador no definido.

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELASMagistrado Ponente:

J.L.B.C.

Aprobado acta N° 122Bogotá, D.C., abril siete (7) de dos mil once (2011)V I S T O SLa Sala resuelve la impugnación interpuesta por el apoderado judicial de la SOCIEDAD DE TRANSPORTADORES URBANOS DEL ATLÁNTICO – SOBUSA S.A., contra la sentencia del 14 de febrero de 2011 con la cual la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Barranquilla negó la solicitud de amparo que invoca para los derechos fundamentales, en su criterio, vulnerados por los Juzgados Cuarto Penal Municipal Adjunto, Quinto Penal del Circuito de Barranquilla y la ciudadana L.V.H..

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓNEl acontecer fáctico y procesal que rodea la interposición de la presente acción constitucional, se contrae a los siguientes aspectos: Por hechos acaecidos el 19 de marzo de 2004 en los que resultó lesionada en accidente de tránsito la señora L.V.H., se adelantó proceso penal ante el Juzgado Cuarto Penal Municipal Adjunto de Barranquilla, despacho que mediante sentencia del 30 de abril de 2010 condenó a S.E. DE LA CRUZ CONSUEGRA como responsable del delito de lesiones personales culposas, imponiéndole pena de 7 meses, 6 días de prisión y multa de 5.2 salarios mínimos legales mensuales vigentes, la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, la privación del derecho a conducir vehículos automotores por el término de un año, así como se condenó a los terceros civilmente responsables SOBUSA S.A., Aseguradora Colpatria y al señor E.P.E. a pagar solidariamente 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes por concepto de perjuicios materiales y 75 salarios mínimos legales mensuales vigentes por daños morales a favor de la víctima.

Recurrido el fallo de instancia por el apoderado de los terceros SOBUSA S.A. y Seguros Colpatria, el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Barranquilla, a través de providencia del 13 de septiembre de 2010, revocó la condena impuesta por concepto de perjuicios materiales a cargo de S.E. DE LA CRUZ CONSUEGRA, la empresa de transportes SOBUSA S.A., la Aseguradora Colpatria y E.P.E., a la vez que modificó lo concerniente al pago de los daños morales, en el sentido de excluir a Seguros Colpatria S.A., confirmando en lo demás la sentencia.

Agotado el trámite anterior, el representante legal de la Sociedad de Transportadores Urbanos del Atlántico – SOBUSA S.A. formula, a través de apoderado, demanda de tutela contra los Juzgados Cuarto Penal Municipal Adjunto y Quinto Penal del Circuito de Barranquilla, tras considerar que los falladores incurrieron en la vulneración de los derechos fundamentales del debido proceso e igualdad.

Como sustento de la demanda, refiere el libelista que la condena por daños morales resultó...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR