Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 19 de Mayo de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 280966011

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 19 de Mayo de 2011

Número de expediente54153
Fecha19 Mayo 2011
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

F.A.C.C.

Aprobado Acta No. 174

Bogotá, D.C., mayo diecinueve (19) de dos mil once (2011).

VISTOS

Sería del caso que la Sala se ocupara de resolver la acción de tutela instaurada por E.S.C., de no ser porque se advierte que la competencia para conocer de la demanda no está radicada en esta Corporación.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

  1. Por hechos ocurrido el 7 de marzo de 1997, la Fiscalía General de la Nación dictó resolución de acusación contra E.S.C. como presunto autor de los delitos de homicidio agravado y secuestro.

  2. Ejecutoriado el calificatorio, las diligencias fueron asignadas al Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Antioquia, que mediante sentencia de mayo 8 de 2002 condenó al acusado a la pena principal de cuarenta (40) años de prisión por las conductas punibles referenciadas.

  3. E.S.C. recurrió a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca para que le protegiera su derecho fundamental a la igualdad, por considerar como típicas vías de hecho las decisiones proferidas por las autoridades judiciales que lo acusaron y condenaron como autor responsable de los delitos de homicidio agravado y secuestro, especialmente porque en otro proceso, a sus compañeros de causa, la Sala Penal del Tribunal de Antioquia al resolver el recurso de apelación interpuesto por éstos, la decisión les resultó ser más favorable.

  4. El Magistrado Sustanciador de la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca con fundamento en el numeral 1° del artículo del Decreto 2591 de 1991 remitió las diligencias a la Sala Penal del Tribunal de Antioquia, Corporación Judicial esta última que mediante providencia de mayo 2 de 2011 dispuso enviarlas a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia por competencia, por considerar que como el actor hizo referencia a la sentencia proferida por ese Tribunal el 13 de febrero de 2006, resultaba “imperiosa la integración de esta Colegiatura como polo pasivo de la litis”.

  5. Esta Sala avocó conocimiento y ordenó vincular a las autoridades accionadas.

  6. El Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Antioquia informó que si bien es cierto contra la sentencia dictada el 8 de mayo de 2002 por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de esa ciudad E.S.C. interpuso el recurso de apelación, también lo es que la Sala Penal del Tribunal Superior de ese Distrito...

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