Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Julio de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 308929150

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Julio de 2011

Número de expediente36246
Fecha06 Julio 2011
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso nº 36246

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente

JAVIER ZAPATA ORTIZ

Aprobado Acta No. 225 Bogotá D.C., seis (6) de julio de dos mil once (2011)VISTOS Se pronuncia la Sala sobre la petición de extinción de la acción penal por indemnización integral, elevada de manera conjunta por el apoderado de la parte civil, los terceros civilmente responsables y el defensor del procesado recurrente C.A.E.R..HECHOS

A altas horas de la noche del tres (3) de enero de 2005, se desplazaba por la autopista Sur, en el municipio de Soacha y con destino a la ciudad de Bogotá, la buseta de la empresa Velotax de placas UTF 333, conducida por C.A.E.R., quien observó al señor L.D.G. en la vía y aunque intentó evitar atropellarlo, no lo logró, causándole la muerte.

ACTUACIÓN RELEVANTE

  1. El 4 de enero de ese mismo año, el F. 3º de la Unidad de Reacción Inmediata de Soacha dispuso la apertura de instrucción y vinculó mediante diligencia de indagatoria al procesado[1].

  2. Recibida ésta, el conocimiento del caso fue asumido por la Fiscal 39 Seccional de ese municipio[2], quien mediante auto de 4 de junio de 2008 ordenó el cierre de la investigación[3] y calificó el mérito del sumario con resolución de acusación por el delito de homicidio culposo[4], la que, apelada, fue confirmada por la Unidad Delegada ante el Tribunal Superior de Cundinamarca el 20 de noviembre siguiente.[5]

    3. Remitido el expediente para adelantar la etapa del juicio, el 5 de mayo de 2009[6] se celebró la audiencia preparatoria; y el 25 de agosto, 10 de octubre de la misma anualidad y 19 de enero de 2010 la vista de juzgamiento, al cabo de la cual, el 30 de junio siguiente, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Soacha, condenó a C.A.E.R., como autor del delito de homicidio culposo a las penas de 24 meses de prisión; multa de 20 S.M.L.M.V. y privación para el derecho a conducir automotores por 36 meses; a la inhabilitación del ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de la privativa de la libertad; le concedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena y lo sancionó, junto con el tercero civilmente responsable, V.L.. y solidariamente a la Compañía de Seguros “La Equidad”, al pago de perjuicios materiales y morales.

  3. Inconforme con la decisión, el defensor la apeló, y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, el 29 de noviembre de esa data, la confirmó, con modificaciones.[7]

  4. En desacuerdo con ese proveído, el apoderado de C.A.E.R.[8], y el abogado de la Compañía de Seguros La Equidad, interpusieron el recurso extraordinario de casación.

  5. El 29 de abril del corriente, previo a que esta Corporación constate si las demandas reúnen los mínimos requisitos lógico – argumentativos exigidos por la Ley y la jurisprudencia para su admisión, la parte civil allegó solicitud de extinción de la acción penal por indemnización integral, en virtud de contrato de transacción celebrado entre ésta y los civilmente responsables del punible y posteriormente[9], se añadió a la actuación escrito mediante el cual se le informó a la Sala que se dio cabal...

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