Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 21 de Julio de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 315392818

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 21 de Julio de 2011

Número de expediente55019
Fecha21 Julio 2011
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No.1

MAGISTRADO PONENTE

AUGUSTO J.I.G.

APROBADO ACTA No. 249-

Bogotá, D.C., veintiuno (21) de julio de dos mil once (2011)

ASUNTO

Se pronuncia la Sala sobre el recurso de impugnación interpuesto por Orlando de J.L.C., contra la decisión proferida el 13 de junio de 2011 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, a través de la cual negó la tutela interpuesta contra el Juzgado Penal del Circuito y la Fiscalía 120 Seccional, ambos del municipio de Sonsón, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa y a la libertad.

ANTECEDENTES
  1. Hechos y fundamentos de la acción.

Fueron resumidos por el Tribunal de la siguiente manera:

“Explica el actor, que en su contra se surtió investigación penal por el delito de Homicidio, por hechos ocurridos en el año 2007. Expone que fue condenado por el Juzgado Penal del Circuito de Sonsón a 208 meses de prisión soslayando los artículos 350 y 351 del Código de Procedimiento Penal, que tendrían aplicación en virtud de su aceptación de culpabilidad en el preacuerdo suscrito con la Fiscalía.

Señala además, en virtud de dicho acto tiene derecho igualmente a la rebaja del 75% de la pena a imponer, que tampoco tuvo acceso a la aplicación al principio de oportunidad.”

LA SENTENCIA IMPUGNADA

La Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia negó la tutela porque el actor no interpuso el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria y por desconocimiento al principio de inmediatez, toda vez que el fallo cuestionado cobró ejecutoria el 23 de octubre de 2007.

LA IMPUGNACIÓN

El accionante insistió en las rebajas punitivas deprecadas en el escrito de tutela, además, solicitó la acción de revisión consagrada en el artículo 192 de la Ley 906 de 2004, al considerar que el proceso adelantado en su contra no se tuvo en cuenta que el motivo que desencadenó el homicidio fue por ira e intenso dolor debido por problemas de celos.

CONSIDERACIONES

La Sala confirmará el fallo recurrido por las siguientes razones:

La acción de tutela contra providencias judiciales tiene carácter excepcional, en cuanto únicamente se ha admitido su procedencia cuando se verifica la existencia de una actuación claramente violatoria de derechos fundamentales, y siempre que se cumpla con los presupuestos de procedibilidad que permiten su ejercicio.

En efecto, para la viabilidad de su procedencia es imprescindible, tal como...

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