Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 6 de Julio de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 321808515

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 6 de Julio de 2011

Número de expediente33191
Fecha06 Julio 2011
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORALL.G.M.B.

Magistrado Ponente

Radicación No. 33191

Acta No. 21

Bogotá D.C., seis (6) de julio de dos mil once (2011). Decide la Corte la impugnación que interpuso el Coordinador Jurídico del BATALLÓN DE INFANTERÍA No. 22 “BATALLA DE AYACUCHO”, contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Manizales, el 23 de mayo de 2011, dentro de la acción de tutela que promovió J.A.G.Z., contra el MINISTERIO DE DEFENSA – FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA, el EJÉRCITO NACIONAL y el recurrente.ANTECEDENTES

Afirmó el accionante que era bachiller técnico, egresado del Colegio Instituto Técnico Agropecuario Naranjal en el año 2009; que el 2 de abril de 2010, se presentó ante el Batallón de Ayacucho para resolver su situación militar, siendo incorporado el 7 de abril de ese año, como soldado sin especificarle en qué condición estaba catalogado.

Adujo que posteriormente fue trasladado al Batallón de Instrucción Entrenamiento y Reentrenamiento No. 8; que al momento del juramento de bandera, lo hizo como soldado regular.

Manifestó que el 1º de marzo de 2011, presentó derecho de petición al Comandante del Distrito Militar No. 31, para que se le aclarara por qué motivo se le exigía prestar el servicio por un período de 22 meses, sin tenerle en cuenta su condición de bachiller; que el día 5 del mismo mes y año, le respondieron explicándole que él había suscrito un acta de compromiso en la que renunciaba expresamente a la incorporación como soldado bachiller, de la cual “hasta el día de hoy no he tenido conocimiento ni acceso sobre el documento al cual hace alusión en la respuesta al derecho de petición”.

Por ello, pretende la protección de su derecho fundamental a la igualdad, y en consecuencia solicita que se ordene a las autoridades accionadas que i) “sea inscrito como soldado bachiller, condición que ostento en la actualidad y no como soldado regular”, ii) su desacuartelamiento inmediato, con la respectiva libreta militar, iii) “se realice el trámite pertinente con el fin de recibir las diferentes bonificaciones”, a las cuales tiene derecho según el artículo 39 de la Ley 48 de 1993 y iv) “Oficiar a la Dirección de Personal, para el cambio de modalidad, en todos los documentos incluyendo los certificados de juramento de bandera”.TRÁMITE

Por auto de 11 de mayo de 2011, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Manizales, declaró la nulidad por falta de competencia del Juzgado Penal del Circuito para Adolescentes con función de conocimiento de la misma ciudad y ordenó enviarla a la Oficina Judicial, para que previo reparto la remitiera a los funcionarios competentes, correspondiéndole a la misma S., quien el 16 del mismo mes y año avocó el conocimiento, y ordenó notificar al accionado para que se pronunciara sobre los hechos materia de la queja constitucional.

Dentro del término de traslado correspondiente, el Comandante del Distrito Militar No. 31, allegó escrito en el que informó que una vez fue...

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