Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 6 de Julio de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 321808775

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 6 de Julio de 2011

Fecha06 Julio 2011
Número de expediente33279
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORALL.G.M.B.

Magistrado Ponente

Radicación No. 33279

Acta No. 21

Bogotá D.C., seis (6) de julio de dos mil once (2011).

Se procede a resolver la impugnación presentada por C.G.A.G., contra el fallo proferido por la Sala de Casación Civil de esta Corporación el 18 de junio de 2010, dentro de la acción de tutela que el recurrente instauró contra la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ y la UNIDAD DE FISCALÍA DELEGADA ANTE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.ANTECEDENTES

La parte accionante adelantó la presente acción de tutela, al considerar que se le han vulnerado sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y a la libertad, con las decisiones proferidas por las autoridades judiciales accionadas.

Sustentó su petición en los siguientes hechos relevantes:

Que fue condenado a 27 años de prisión por los delitos de homicidio agravado, hurto calificado y agravado, fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, según sentencias de 1º de junio de 2005 y 12 de julio de 2006, proferidas por el Juzgado Diecinueve Penal del Circuito de Cali y el Tribunal Superior de la misma ciudad, respectivamente, cuyo cumplimiento es vigilado por el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Popayán.

Adujo que ante este último Despacho judicial solicitó redosificación de la condena por confesión con base en el artículo 283 de la Ley 600 de 2000, la cual fue negada mediante auto de 24 de noviembre de 2009, y confirmada por el Tribunal en sede de apelación, según proveído de 23 de marzo de 2010, bajo el argumento de que fue “capturado en situación de flagrancia, por consiguiente, no es dable aplicar” dicho beneficio y además, porque tampoco confesó en su primera versión, pues esto último ocurrió en una segunda oportunidad, “más exactamente en la ampliación de la indagatoria”.

Agregó que solicitó rebaja de pena ante la Fiscalía General de la Nación, Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, invocando los artículos 413 y 414 de la Ley 600 de 2000, porque con su ayuda se logró investigar y juzgar a un copartícipe de las infracciones penales por las que fue condenado, pedimento también denegado mediante oficio DFGN/B-5017-MAMA de 3 de julio de 2009, tras considerar que si bien su versión sirvió para procesar y condenar a A.I.B.S., éste no era cabecilla de una organización delictiva.

Afirmó que en “estas condiciones, puede entenderse ni aceptarse que la justicia con mi testimonio como único dentro de un proceso (sic) investigue y condene a una persona y después diga que no soy merecedor a un descuento punitivo por colaboración con la justicia o por confesión”, porque “dicho trato es discriminatorio y vulnera los principios constitucionales y fundamentales…”.

Por lo anterior, pretende el amparo de sus derechos fundamentales invocados y como consecuencia de ello, “se ordene a la autoridad accionada revoque la providencia cuestionada y estudie de fondo el beneficio contenido el art. 283 de la Ley 600 de 2000, (…) considerando (…) el sentido común y los principios y garantías constitucionales, así como el precedente jurisprudencial (…) de la Corte Suprema de Justicia”.

TRÁMITE

La acción se presentó ante la Sala de Casación Penal, quien por competencia la remitió a la Sala de Casación Civil, la cual, según...

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