Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 17 de Agosto de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 327260159

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 17 de Agosto de 2011

Fecha17 Agosto 2011
Número de expediente33931
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE: J.M.B.R. Tutela No. 33931 Acta No. 27

Bogotá D.C., diecisiete (17) de agosto de dos mil once (2011) Decide la Corte sobre la impugnación interpuesta por el apoderado judicial de la sociedad COMPOSTAGRO S.A. antes ANIMAL MARKET LTDA. contra la providencia proferida por la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA el 11 de julio de 2011, dentro de la acción de tutela promovida por la impugnante contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ.I -. ANTECEDENTES La sociedad accionante instauró la presente acción constitucional y a través de ella solicita la protección de su derecho fundamental al debido proceso, el cual considera vulnerado por la corporación judicial accionada, dentro del proceso de competencia desleal que instaurara en contra de Nestlé Purina Pet Care de Colombia S.A..

Señala que en el mencionado proceso se pretendía que se declarara que la sociedad demandada había incurrido en infracción del principio de buena fe comercial, contenido en el artículo 7º de la Ley 256 de 1996 y en los actos tipificados como actos de desviación de clientela, desorganización interna, explotación de la reputación ajena e inducción a la ruptura contractual.

Luego de adelantarse en primera instancia el trámite del proceso abreviado ante la Superintendencia de Industria y Comercio, esta entidad el 13 de enero de 2010, declaró que Nestlé Purina Pet Care de Colombia S.A., incurrió en actos de competencia desleal contemplados en los artículos , y de la Ley 256 de 1996.

Dicha providencia fue impugnada por ambas partes, recurso que fue resuelto por el tribunal accionado, el 22 de noviembre de 2010, en el que revocó la sentencia proferida por la superintendencia y, en su lugar, declaró probada la excepción de prescripción formulada por la entidad demandada y absolvió a la demandada de las pretensiones de la demanda.

Se duele el accionante de la decisión adoptada en segunda instancia, en la que considera se incurrió en vía de hecho, pues no se dio una interpretación prevalente al artículo 23 de la Ley 256 de 1996, que regula la manera como prescribe la acción de competencia desleal.

Señala que lo cierto es que se enteró de los actos de competencia desleal una vez le fue informado por parte de Nestlé Purina Pet Care de Colombia S.A., el 19 de diciembre de 2003, que no se le seguirían enviando pedidos de sus productos, hecho que motivó la desestructuración de la empresa y la obligó, como mecanismo de defensa natural, a investigar el comportamiento comercial de la sociedad demandada en la zona exclusiva asignada a Animal Market Ltda., encontrando que su clientela había sido desviada a otros distribuidores de Nestlé Purina Pet Care de Colombia S.A., lo que acarreó el “efecto catastrófico” de la pérdida de confianza de sus clientes en el establecimiento comercial con sede en Cajicá, lo que disminuyó paulatinamente sus ventas y que conllevó a la interposición del mencionado litigio judicial.

Advierte además, que contrario a lo sostenido por el fallador de segunda instancia, el hecho de no enviar pedidos a la sociedad accionante no puede tenerse como un acto relevante de competencia desleal y menos aún, como el punto de partida para contabilizar el término de prescripción alegado por la parte demandada, máxime cuando están probados los actos que la constituyen “desde el mismo momento de configurarse con los medios de prueba autorizados del procedimiento”.

Por lo anterior, solicita el amparo de su derecho fundamental invocado al debido proceso y, como consecuencia de ello, se ordene a la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, que profiera una nueva sentencia en la que resuelva la excepción de prescripción “contando el término a partir de la fecha cierta y exacta en que ocurrieron los Actos de Competencia Desleal y conforme a las pruebas practicadas en el proceso”.

  1. Mediante providencia calendada de 11 de julio de 2011, la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, denegó la protección...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR