Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 2 de Agosto de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 327260359

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 2 de Agosto de 2011

Número de expediente26376
Fecha02 Agosto 2011
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

Magistrada Ponente: E.D.P. CUELLO CALDERÓN

Tutela No. 26376

Acta No. 25

Bogotá D. C., dos (2) de agosto de dos mil once (2011).

Resuelve la Corte la acción de tutela interpuesta por F.F.O. y G.S., contra la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.

ANTECEDENTES

Los accionantes promovieron queja constitucional para obtener la protección de su derecho fundamental al debido proceso, así como los contenidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención Americana de Derechos Humanos.

Como sustento de su petición indicaron que presentaron acción de tutela contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán y la Fiscalía Tercera de la Unidad Nacional de Derechos Humanos, la cual correspondió, por competencia, a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, quien profirió fallo, el 18 de noviembre de 2010, en el que negó el amparo deprecado, el cual se les notificó el 30 de noviembre siguiente, mediante telegrama que indicó el sentido de la sentencia, pero no se remitió copia de la misma, por lo que no pudieron impugnarla; que la Sala accionada “tiene la obligación y la carga de informar detalladamente de la naturaleza y causas de la decisión, para la defensa de las personas interesadas en el proceso”; que la acción de tutela es procedente, ya que se está incurriendo en un defecto procedimental absoluto y en una decisión sin motivación; que solicitaron copia del fallo, la cual les fue remitida “de forma informal”, y se les entregó el 20 de enero de 2011 y procedieron a impugnarlo, pero al solicitar información del expediente se les indicó que el mismo había sido enviado a la Corte Constitucional para su eventual revisión el 9 de diciembre de 2010.

Afirmaron que la Sala accionada “esperó la impugnación sin haber dado a conocer la providencia que contenía detalladamente el fallo”; que al momento de solicitar copia del fallo, de forma clara se indicó que era con la finalidad de impugnarlo, por lo que se les violaron sus derechos fundamentales invocados.

Por lo anterior pidieron tutelar sus derechos fundamentales; en consecuencia “declarar nulo el fallo del 18 de noviembre de 2010, decretado por la H. Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia” y se estudie la procedencia de la acción constitucional, “ya que la H. Corte Suprema de Justicia en sala de tutela no ofrece las garantías en la presente eventualidad”.

La tutela se radicó en la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, quien, el 1 de junio de 2011, la remitió por competencia; el 21 de julio de 2011, esta S. avocó el conocimiento de la tutela, ordenó notificar a la accionada y a los intervinientes en la acción de tutela objeto del amparo, con el fin que se pronunciaran sobre los hechos materia de la petición de amparo.

Un Magistrado de la Sala de Casación Civil remitió copia de la decisión cuestionada.SE CONSIDERA

Para proteger los derechos fundamentales de cualquier persona, amenazados o...

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