Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 30 de Agosto de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 327260687

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 30 de Agosto de 2011

Número de expediente34077
Fecha30 Agosto 2011
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORALL.G.M.B.

Magistrado Ponente

Radicación No. 34077

Acta No. 29

Bogotá D.C., treinta (30) de agosto de dos mil once (2011). Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por C.E.A.J. contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla el 15 de junio de 2011, dentro de la acción de tutela que instauró contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE SOLEDAD, a cuyo trámite se vinculó al ICFES.ANTECEDENTES

La accionante solicita la protección de sus derechos fundamentales al mínimo vital, “a una estabilización socioeconómica”, al debido proceso, a la igualdad y al trabajo, los cuales considera vulnerados presuntamente por las entidades accionadas.

De los hechos como de los anexos a la demanda se colige que la inconformidad de la parte actora radica en la manera como se llevó a cabo la designación en el Municipio de S. del personal docente que superó las etapas del concurso de méritos convocado por la Comisión Nacional del Servicio Civil para tal fin y con fundamento en el cual señala “existe una desigualdad de trato para con nosotros porque solo se ofertaban las vacantes de S. y las de Barranquilla y los otros entes territoriales no, pretendiendo que todos los docentes provisionales en S. nos quedáramos desempleados, mientras los docentes de otros entes territoriales continúen laborando hasta que se realice nuevo concurso creándose a favor de los elegibles la favorabilidad por la tardanza de ofertas a los cargos…”.

Por lo anterior, solicita al juez de tutela conceder el amparo impetrado y como consecuencia de ello, i) se ordene la revocatoria directa del acto administrativo proferido por la CNSC; ii) “Se solicite la medida cautelar mientras ustedes revisan los actos administrativos que fijó la Comisión Nacional del Servicio Civil y otros”; iii) “Se le solicite la lista de los elegibles nombrados en propiedad con su respectivo puntaje y documentos en regla, fecha, hora y lugar de donde participaron para el concurso mientras se compruebe la transparencia que dice tener la Comisión Nacional del Servicio Civil. Para que no se configuren los hechos o perjuicios irremediables hasta tanto se resuelva o se defina la situación de los docentes en provisionalidad en el presente fallo”; iv) “Se explique de qué manera y por qué el señor H.G.R. tenía la facultad y la autorización de manipular y hacer arbitrariamente lo que él creía con la Secretaría de Educación, Elegibles y Provisionales”; v) “Cuál fue el correo donde escogieron la plaza en S. donde la Comisión les confirmó”; vi) “Dónde se encuentra la documentación donde concursaron los elegibles y dónde concursaron como Nacionales, Departamentales, Territoriales”; vii) “Cómo hicieron...

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