Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Octubre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 333771782

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Octubre de 2011

Número de expediente56407
Fecha13 Octubre 2011
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2

Magistrada Ponente:

M.D.R.G.M.

Aprobado Acta N° 365 Bogotá, D.C., trece (13) de octubre de dos mil once (2011). OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO Resolver la impugnación presentada por el apoderado de la empresa TRANSPORTES SAFERBO S. A. en contra del fallo de tutela proferido el 2 de agosto de 2011 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que negó el amparo a los derechos fundamentales del debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por el Tribunal Superior de Cali en su respectiva Sala de Decisión Laboral y los Juzgados 10 Laboral del Circuito y 5º Laboral del Circuito de Descongestión, ambos de la misma ciudad.

ANTECEDENTES RELEVANTES

  1. El Juzgado 10 Laboral del Circuito de Cali conoció de un proceso ordinario laboral promovido por S.H. en contra de TRANSPORTES SAFERBO S. A., para que se declarara que entre las partes existió un contrato de trabajo terminado unilateralmente por el empleador y, en consecuencia, fuera condenada la citada empresa al pago de las cesantías e intereses de las mismas, vacaciones, prima de servicios e incapacidades e indemnizaciones por despido sin justa causa, moratoria y por la no consignación oportuna de las cesantías en un fondo.

  2. En cumplimiento de la medida de descongestión implementada por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, el proceso fue asignado al Juzgado 5º Laboral del Circuito de Descongestión de la ciudad en mención, autoridad que mediante fallo de 30 de septiembre de 2009 declaró la existencia de la relación laboral a término indefinido con extremos laborales del 14 de agosto de 2001 al 7 de marzo de 2006 y condenó a la sociedad demandada al pago de los siguientes valores: i) $2.189.583 por concepto de indemnización por despido sin justa causa y ii) $15.562.080 por sanción moratoria más los intereses legales hasta cuando se verifique el pago. Respecto de las demás pretensiones de la demanda la absolvió[1].

  3. Apelada esa determinación por la parte demandada, fue revocada parcialmente el 16 de junio de 2011 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali y, en su lugar, absolvió a la empresa TRANSPORTES SAFERBO S. A. del pago de la indemnización por despido sin justa causa[2].

    FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

    El apoderado de TRANSPORTES SAFERBO S. A. afirma que las sentencias de instancia constituyen vías de hecho, por indebida apreciación y valoración probatoria –defecto fáctico-, porque el juez de primera instancia omitió valorar la prueba “referida al pago de prestaciones del extrabajador” y el Tribunal Superior la apreció de manera irregular porque supedita la eficacia del pago a “la acreditación del título judicial ante el juzgado destinatario del mismo”, a sabiendas que los Acuerdos que regulan la dinámica del depósito judicial “prevén diferentes operaciones que permiten al acreedor disponer del valor recaudado” y, por el contrario, desconoció la buena fe del empleador que lo exonera del pago de la sanción moratoria.

    Por ello, pide amparar las garantías fundamentales invocadas, dejar sin efecto los fallos emitidos en el referido proceso ordinario y ordenar que se emita otra sentencia haciendo una adecuada valoración de los medios de prueba...

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