Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 19 de Octubre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 333774438

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 19 de Octubre de 2011

Número de expediente37642
Fecha19 Octubre 2011
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso nº 37642

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente

L.G.S.O.

Aprobado Acta No. 372

Bogotá, D.C., diecinueve (19) de octubre de dos mil once (2011)

VISTOS

Procede la Sala a definir la competencia dentro del proceso adelantado en contra de J.A.A. por el delito de Falsedad Material en Documento Público de conformidad con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 906 de 2004.

HECHOS Y ANTECEDENTES

Fueron narrados por la fiscalía en el escrito de acusación de la siguiente forma:

“El jueves 5 de julio de 2007 hasta la vereda Sisvaca del municipio de Aquitania llegó un comando armado, conformado por miembros de las Autodefensas Campesinas del Casanare y por miembros del Ejército Nacional, batallón de Artillería No. 1 Tarqui, y procedieron a quitarle la vida a dos campesinos, decapitándolos, correspondiendo las víctimas a los nombres de A.G.S. y ANSELMO CHAPARRO LAVERDE. Entre los miembros del Ejército Nacional que conformaban este comando armado, se hallaba el soldado regular J.A.S.B., persona que por un azar del destino, el sábado 7 de julio de 2007, cuando transitaba por las calles de Sogamoso, por el frente de la funeraria donde se arreglaban los cuerpos los dos campesinos (sic), fue identificado por un testigo y familiar de una de las víctimas, procediendo a pedir auxilio de la Policía Nacional quien retuvo e identificó a J.A.S. BELLO.

Desde esa fecha en adelante el imputado J.A.A.S. realizó varios actos para encubrir la participación de J.A.S. BELLO en los crímenes;(sic) e, igualmente el imputado realizó varios actos para evitar que la justicia pusiera en bien recaudo y diera captura al soldado regular J.A.S. BELLO. Entre esos varios actos se halla el hecho que el acusado J.A.A.S., en su calidad de comandante del batallón de artillería N° 1 Tarqui de la ciudad de Sogamoso, reuniera en dicha unidad militar, a finales de julio de 2007, al jefe de la Sección Segunda o de inteligencia, el T.J.A.C.M., al S.J. ARENAS y al soldado H.A.M. y los determinara para que llevaran a la ciudad de Bogotá al soldado J.A.S. BELLO y le consiguieran una identidad falsa, aportando el imputado al plan criminal la suma de 2 millones de pesos, razón por la cual el soldado J.A.S. BELLO efectivamente fue llevado a la ciudad de Bogotá y con el dinero aportado por el imputado se le consiguió una cédula de ciudadanía falsa y una licencia de conducción falsa, con la foto y la huella del soldado J.A.S.B., pero usurpando la identidad de E.Y.B., ciudadano a quien realmente le corresponde el número de identificación 80.761.312”.[1]

En audiencia realizada el día 4 de abril de 2011 ante el Juzgado Primero Penal del Circuito de Santa Rosa de Viterbo, el fiscal 27 delegado ante los jueces del circuito formuló acusación en contra de J.A.A.S. por el delito de Falsedad material en documento público, actuación que continuó con la audiencia preparatoria llevada a cabo el 15 de junio del mismo año.

Luego de ser aplazada en dos oportunidades, la audiencia de juicio oral fue instalada el 4 de octubre de 2011, momento procesal en que el ente acusador elevó y sustentó impugnación a la competencia del Juzgado Primero Penal del Circuito de Santa Rosa de Viterbo por considerar que el delito por el cual se persigue a J.A.A. se materializó en la ciudad de Bogotá, siendo competente el juez del circuito de ésta ciudad.

Añadió que en virtud del artículo 55 del estatuto procedimental, desarrollado por la jurisprudencia de esta Corte, cuando se trata del factor territorial no es procedente la prórroga de competencia, razón por la cual es viable la impugnación en sede de juicio oral en orden a evitar cualquier tipo de nulidad más adelante.

Una vez se corrió traslado a los intervinientes, la defensa se apartó de los argumentos esgrimidos por la fiscalía al considerarlos exegéticos, ya que éste caso tiene relación directa con el homicidio ocurrido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR