Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 20 de Septiembre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 339550850

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 20 de Septiembre de 2011

Número de expediente34619
Fecha20 Septiembre 2011
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: G.J.G. MENDOZA

Radicación No. 34619

Acta No. 32

Bogotá D.C., veinte (20) de septiembre de dos mil once (2011) Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por la señora R.R. contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga el 18 de agosto de 2011, dentro de la acción de tutela que promovió contra el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, la Gobernación del Valle del Cauca y el Municipio de Restrepo – Valle -.

ANTECEDENTES

La señora R.R. instauró acción de tutela con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, vivienda digna, igualdad y adecuado nivel de vida, que consideró desconocidos por las entidades accionadas al no disponer lo necesario para hacer efectivo el pago del subsidio de vivienda que le fue concedido por el Gobierno Nacional.

Explicó que es beneficiaria de un subsidio de vivienda aprobado por el Fondo Nacional de Vivienda, en la suma de $9.107.700.oo, por su condición de víctima de la “ola invernal”. Asimismo, que el beneficio le fue aprobado desde el año 2007 y, a pesar de ello, no ha podido obtener su desembolso, pues no existen viviendas de ese precio que cumplan con los requisitos y parámetros exigidos por las autoridades accionadas. Indicó también que el subsidio le fue otorgado por el plazo máximo de tres meses, que ha venido siendo prorrogado hasta la actualidad.

Manifestó que, por virtud de lo anterior, le pidió al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial que reajustara el valor del subsidio que le fue aprobado, actualizándolo al año 2011, y al Municipio de R. que le ayudara con un subsidio complementario. Agregó que el Ministerio le negó el reajuste solicitado, a pesar de que a otras personas puestas en su misma situación les fue aprobado, y que el Municipio de R. le otorgó un subsidio complementario por $1.500.000.oo, pero que sólo se puede hacer efectivo una vez que se firme la escritura pública de venta del respectivo bien inmueble.

En virtud de todo lo anterior, agregó, no tiene a su alcance una solución efectiva de vivienda y está expuesta a perder el beneficio, por la terminación de su vigencia. Señaló, en tal sentido, que “(…) se hace para nosotros indispensable que se nos beneficie con el ajuste por parte del Ministerio y con los aportes del Municipio de R. y de la Gobernación Departamental, los cuales darían una cifra de $18.000.000 con los cuales estaría en mayor capacidad de comprar una vivienda.”

Pidió, como consecuencia, que se le ordene al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial “(…) realizar el ajuste al subsidio otorgado en el año 2007 por $9.107.700, de acuerdo al salario mínimo actual del año 2011 o en su defecto 2010, con el fin de que dicho aumento me permita tener una mayor capacidad de negociación ejecutar el subsidio y acceder finalmente a una vivienda digna para mi familia y para mí.” Igualmente, que se le ordene a la Gobernación del Valle del Cauca “(…) consignar el aporte complementario al subsidio nacional y municipal en la cuenta 400700542880, el cual está pendiente de entregar desde hace tiempo y cuya última respuesta brindó en el año 2010.” También que se le ordene al Municipio de R. consignar en la misma cuenta el aporte complementario de $1.500.000.oo.

La Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga dio trámite a la acción de tutela por auto del 5 de agosto de 2011 y requirió a las entidades accionadas para que rindieran informe sobre los hechos en ella expuestos.

El Departamento del Valle del Cauca precisó que no tiene reglamentada la asignación de subsidios de vivienda, de manera que...

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