Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Marzo de 2012
Número de expediente | 58913 |
Fecha | 15 Marzo 2012 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
-SALA DE DECISIÓN EN TUTELA-
Magistrado Ponente
L.G.S.O.
Aprobado Acta No. 94
Bogotá, D.C., quince (15) de marzo de dos mil doce (2012).
ASUNTO
Procede la Sala a resolver la impugnación interpuesta contra el fallo del 24 de enero de 2012, proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, por cuyo medio negó la solicitud de amparo incoada por L.A.R., contra el Juzgado Sexto Penal Municipal de Conocimiento de la capital, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y libertad.
Fueron reseñados en el fallo de primera instancia[1], así:
“L.A.R. refiere que el 15 de febrero de 2010 se le capturó, al día siguiente aceptó los cargos por tentativa de hurto calificado y agravado que le formuló la Fiscalía y por los que el Juzgado 19 Penal Municipal, con funciones de control de garantías ‘profirió veredicto de condena’ pero le concedió libertad inmediata, sin embargo por los mismos hechos el 6 de agosto de 2010 el Juzgado Sexto Penal Municipal de Conocimiento ‘me condenó de nuevo’ a 26 meses de prisión librando orden de captura que hizo efectiva el 6 de enero de 2011.
Como los hechos por lo que profirió sentencia el Juzgado Sexto Penal Municipal de Conocimiento no los cometió, solicita ‘lean refelixione’ y otorguen la ‘libertad inmediata’ que ‘me concedió’ el Juzgado 19 Penal Municipal, con funciones de control de garantías el 16 de febrero de 2010.
El Juzgado Sexto Penal Municipal de Conocimiento de Bogotá sostiene que el 16 de febrero de 2010 el Juzgado 19 Penal Municipal, en ejercicio de la función de control de garantías, legalizó la captura de L.A.R. quien se allanó a imputación de tentativa de hurto calificado y agravado y como no se pidió imposición de medida de aseguramiento, se dejó en libertad.
Dice que para la audiencia de individualización de pena y sentencia de 6 de agosto de 2010 L.A.R. no se presentó, diligencia donde luego de escuchar al F. y defensor sobre las condiciones individuales, familiares y sociales, modo de vivir y antecedentes de todo orden se profirió sentencia del culpable se le condenó (sic) a 28 meses de prisión como autor de tentativa de hurto calificado y agravado negando la suspensión y la prisión domiciliaria y para hacer efectiva la pena libró orden de captura, decisión que no le mereció reparo al defensor.
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