Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 20 de Marzo de 2012
Fecha | 20 Marzo 2012 |
Número de expediente | 59100 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS
Magistrado Ponente:
JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA
Aprobado Acta No.98
Bogotá D.C., veinte (20) de marzo de dos mil doce (2012).
Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación interpuesta por el apoderado del accionante G.A.C.A., contra la decisión adoptada el 13 de febrero de 2012, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, por cuyo medio negó el amparo al derecho fundamental del debido proceso, presuntamente vulnerado por la Fiscalía 39 Local de Yarumal, el Juzgado Promiscuo de V. y el Juzgado Penal del Circuito de Yarumal en el asunto penal que se le adelantó.
Los hechos que dieron lugar a la petición de amparo constitucional fueron resumidos por el a quo de la forma como sigue:
“La presente controversia tiene su origen, en la actuación penal seguida en contra del aquí accionante G.A.C.A., por parte de los entes instructor y judiciales accionados y mediante la cual se le declaró penalmente responsable, por la comisión de la conducta punible de lesiones personales culposas, a propósito del accidente de tránsito que tuvo lugar entre el rodante de carga que aquél conducía y un vehículo de transporte de pasajeros, conducido por el ciudadano J.A.H.L. -hoy finado-.
“Inicialmente, luego de la respectiva acusación por parte del Delegado el ente instructor, el funcionario A quo, Juez Promiscuo Municipal de Valdivia (Ant.) emitió declaratoria de responsabilidad penal en contra del señor C.A., en relación con el punible de lesiones personales culposas y respecto de la integridad personal del conductor del rodante con el cual se presentó la colisión, el citado H.L. y dos ciudadanos más, L.F.C. y E.D.J.M.; no obstante, el apoderado del acusado optó por recurrir en alzada la decisión de instancia, por lo que fue radicado el conocimiento de las diligencias en el superior, JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE YARUMAL (ANT.).
“Fue así que, la funcionaria Ad quem, luego de la respectiva valoración probatoria -misma que constituye el objeto del cuestionamiento que teje la parte accionante en el presente trámite constitucional-, procedió a confirmar la sentencia de primer grado, particularmente, en punto de la declaratoria de responsabilidad penal en contra del señor C.A., aunque sólo la hizo extensiva a las lesiones inferidas en la integridad de los antedichos ciudadanos, L.F.C.G. y E.D.J.M., pues, en cuento al conductor del otro automotor que intervino en la colisión, J.A.H.L., asimismo se le consideró penalmente responsable de las referidas lesiones, aunque respecto de éste, se declaró a su vez la extinción de la acción penal, al haberse acreditado su deceso.
“Ahora, previo a la emisión de la...
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