Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 15 de Mayo de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 375109138

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 15 de Mayo de 2012

Fecha15 Mayo 2012
Número de expediente38099
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

Magistrado Ponente: C.T. GALLEGO

Radicación N° 38099

Acta N° 16

B.D.C., quince (15) de mayo de dos mil doce (2012).

Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por EL MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO SOSTENIBLE – FONDO NACIONAL DE VIVIENDA - FONVIVIENDA, contra el fallo de 21 marzo de 2012, proferido por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE BUGA, en el trámite de la acción de tutela que R.O.T. promovió contra la antes mencionada y en el que se vinculó a la CONSTRUCTORA VALLE REAL y COMFANDI SECCIONAL CALI.

ANTECEDENTES

Solicita la accionante, la protección de sus derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso y a la vivienda digna, presuntamente vulnerados por la autoridad judicial accionada.

En sustento de su pretensión, señaló que en 2007, radicó los documentos requeridos ante de la Caja Comfandi Buga, para beneficiarse del subsidio familiar de vivienda urbana ofrecido por el Estado, a través de la bolsa ordinaria de FONVIVIENDA; que en 2008, por Resolución No. 054 de 6 de marzo de 2008 le asignaron el mencionado subsidio con cargo a los recursos de dicha bolsa para adquirir una vivienda nueva en el Valle del Cauca por un monto de $9.107.700; que el Instituto Municipal de Reforma Urbana y Vivienda de Interés Social de Guadalajara de Buga – IMVIBUGA, mediante un convenio asociativo con la Constructora Valle Real, realizó el proyecto denominado URBANIZACIÓN SAN JOSE OBRERO II ETAPA, del cual fue beneficiaria, de acuerdo a su capacidad económica, según Resolución No. 022 de 18 de junio de 2010, y que desde la asignación de su vivienda, ha cumplido con los requisitos para que el Gobierno le pague el subsidio familiar, tales como: promesa de compra venta, escritura pública No. 354 de 29 de junio de 2011 y cuenta en el Banco Agrario.

Adujo que según Resolución No. 071 del 1 de agosto de 2011, el gerente de IMVIBUGA, le otorgó el crédito para concretar el cierre financiero; que el 27 de enero de 2012, asistió a la ceremonia de entrega de viviendas del programa al que pertenece, y que IMVIBUGA y la Constructora Valle Real, le informaron que no le entregarían el inmueble, debido a que FONVIVIENDA no había realizado el desembolso del subsidio; que el 3 de febrero de 2012, elevó solicitud de prórroga del subsidio que se le había adjudicado ante la Ministra de...

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