Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 24 de Mayo de 2012
Número de expediente | 60567 |
Fecha | 24 Mayo 2012 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2 Magistrada Ponente:
MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ
Aprobado Acta No. 202
Bogotá D.C., veinticuatro (24) de mayo de dos mil doce (2012).OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Decidir la acción de tutela presentada, por intermedio de apoderado, por el señor D.B.S.R., en contra de la Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto, por el presunto desconocimiento de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa, doble instancia y prevalencia del principio sustancial sobre lo formal; actuación que se hizo extensiva al Juzgado Penal del Circuito de Túquerres (Nariño).ANTECEDENTES RELEVANTES
Lo informado y aportado permite extraer que:
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El Juzgado Penal del Circuito de Túquerres (Nariño), mediante sentencia del 13 de diciembre de 2010, condenó a D.B.S.R. como autor responsable del delito de homicidio preterintencional, a la pena principal de 104 meses de prisión.
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El Tribunal Superior de Pasto, Sala Penal, en providencia del 9 de agosto de 2011 declaró la nulidad parcial de la actuación, a partir del momento en que se notificó en estrados la sentencia de primera instancia para que se procediera a dictar fallo complementario, respecto de la adecuada motivación del cumplimiento o no del requisito subjetivo, contemplado en la Ley 750 de 2002.
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El mismo juez colegiado por auto del 9 de noviembre siguiente devolvió la actuación al juzgado de instancia para que dejara constancia sobre la ejecutoria formal de la sentencia condenatoria.FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
El apoderado del señor D.B.S.R. afirmó que en el trámite del proceso adelantado en contra de su representado las autoridades demandadas incurrieron en irregularidades vulneradoras de las garantías fundamentales, cuya protección invoca porque a pesar de que la defensora de aquel en audiencia del 12 de octubre de 2011, en la cual se dio lectura a la sentencia complementaria, manifestara su conformidad frente a la decisión de conceder al sentenciado la prisión domiciliaria, mantuvo su desacuerdo frente a la condena y el recurso lo sustentó con base en los argumentos presentados con anterioridad a la nulidad decretada por el Tribunal accionado.
No obstante, remitidas las diligencias a la segunda instancia, mediante decisión del 9 de noviembre de 2011, tras considerar que el apoderado de la víctima había desistido de la alzada, el Tribunal decidió devolver la actuación al a quo para que dejara...
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