Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 2 de Mayo de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 381807478

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 2 de Mayo de 2012

Número de expediente28636
Fecha02 Mayo 2012
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORALMagistrada Ponente: E.D.P. CUELLO CALDERÓN

Tutela No. 28636

Acta No. 14

Bogotá D.C., dos (2) de mayo de dos mil doce (2012).

Resuelve la Corte la acción de tutela interpuesta por F.N.T. contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.

ANTECEDENTES

El accionante instauró queja constitucional para obtener la protección de su derecho fundamental a “tener una pensión digna de jubilación”.

Relató que trabajó para el Banco Santander Colombia S.A. por más de 28 años de forma continua, hasta junio de 1997; que dentro de las prestaciones extralegales estaba la prima semestral que correspondía a 1.5 veces el salario básico mensual, que se pagaba en junio y diciembre de cada año y era constitutiva de salario; una vez se retiró de la entidad se afilió a Colfondos, donde se empezó a tramitar su bono pensional cuyo valor se determina por el salario base de cotización a 30 de junio de 1992; allí se le indicó que la cotización efectuada por el Banco no coincidía con el valor real, porque no se incluyó la prima extralegal, lo que afecta negativamente el valor del bono; que a pesar de solicitarle al Banco “infinidad” de veces, para que corrigiera la información, se le contestó que su salario era variable y por tal razón se cotizó sin tener en cuenta la prima extralegal.

Afirmó que por lo anterior tramitó demanda laboral contra la entidad bancaria de la que conoció el Juzgado Treinta Laboral del Circuito de Bogotá; por sentencia de 10 de mayo de 2011, el a quo condenó a la demandada a efectuar los reportes y ajustes “para que mi salario base de cotización al 30 de junio de 1992 sea reportado teniendo en cuenta el factor salarial de la prima extralegal semestral”, decisión que apelada por la pasiva, la revocó la Sala accionada, el 18 de agosto de 2011, con el argumento de que “su salario era variable”.

Consideró que el ad quem “interpretó en forma parcial y no en contexto el artículo 78 del Decreto 3963 de 1989 el cual reglamenta cómo se debían efectuar los reportes y pagos al Sistema de Seguridad Social para junio de 1992”.

Por lo anterior solicitó tutelar “el DERECHO de obtener una pensión digna de vejez, ya que el suscrito se encuentra en situación de sufrir un perjuicio irreparable, y se ordene recovar el fallo de fecha 18 de Agosto de 2011 del TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ SALA LABORAL”.

El 19 de abril de 2012 esta...

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