Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 13 de Marzo de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 387876112

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 13 de Marzo de 2012

Número de expediente36941
Fecha13 Marzo 2012
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

Magistrado Ponente: C.T. GALLEGO

Radicación N° 36941

Acta N° 8

B.D.C., trece (13) de marzo de dos mil doce (2012).

Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por J.A.C. SON contra el fallo de 1º de febrero de 2012, proferido por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ, en el trámite de la acción de tutela que el arriba citado promovió contra el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.

ANTECEDENTES

Reclamó el accionante la protección de su derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por el juzgado accionado.

Adujo que W.C.P. formuló demanda ordinaria laboral de única instancia en su contra, de la cual conoció el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Ibagué; que éste, por sentencia de 28 de octubre de 2011 declaró que entre las partes existió un contrato de trabajo a término indefinido, del 6 al 30 de abril del mismo año y lo condenó a pagar al demandante, auxilio de cesantía, intereses, prima de servicios, vacaciones, indemnización por despido injusto, incapacidades médicas, indemnización moratoria y costas; y a la AFP que indicara el trabajador, los aportes a la seguridad social, correspondientes al periodo de ejecución del contrato.

Argumentó que como el contrato lo ejecutó el actor, como trabajador de obra o actividad de construcción, esta clase de trabajadores no se beneficia de la prima de servicios; que para acceder al auxilio de cesantía, sus intereses, y las vacaciones, es necesario que labore al menos un mes y en este caso solo lo por hizo 25 días. Agregó que fue condenado a pagar indemnización por despido, sin haberse demostrado ese hecho, ni haberlo declarado en la sentencia; que tampoco tuvo conocimiento de las incapacidades a las cuales también fue condenado, porque el trabajador no las puso de presente y solo las conoció a través del traslado de la demanda. Que tampoco procedía la condena al pago de la indemnización moratoria por el no pago de acreencias laborales, porque no existieron y se propuso excepción de inconstitucionalidad respecto de la condena al pago de aportes a la seguridad social.

En consecuencia, pide la anulación de la sentencia dictada en el referido proceso y en su lugar, se ordene al Juzgado accionado proferir la que en derecho corresponda.

TRAMITE IMPARTIDO

El 20 de enero de 2012, la SALA LABORAL del TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ, avocó el conocimiento, ordenó su notificación al accionado, y vinculó a W.C.P..

El Juzgado accionado se opuso a la prosperidad de la tutela, con...

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