Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 26 de Junio de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 387877720

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 26 de Junio de 2012

Número de expediente29124
Fecha26 Junio 2012
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORALMAGISTRADO PONENTE: JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ Tutela No. 29124 Acta No. 17

Bogotá D.C., veintiséis (26) de junio de dos mil doce (2012)

Decide la Corte sobre la acción de tutela interpuesta por el apoderado judicial de J.E.P. contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CON SEDE EN BOGOTÁ, trámite al cual se vinculó al JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, a las autoridades accionadas y a las partes y terceros involucrados en el proceso ordinario laboral de J.E.P. contra la Departamento de Santander.I -. ANTECEDENTES

  1. - El accionante interpuso la presente acción de tutela con el fin de obtener la protección de su derecho fundamental al debido proceso y a la igualdad los cuales considera vulnerados por la autoridad judicial accionada, dentro del proceso especial laboral de proceso ordinario laboral que promoviera contra la Departamento de Santander.

    Manifiesta que el mencionado proceso le correspondió por reparto al Juzgado Cuarto Laboral Del Circuito de B. y, en él se pretendía el reconocimiento y pago de la prima de jubilados en un 33% sobre las mesadas adicionales de junio y diciembre de la pensión asumida por el ISS desde septiembre de 2002, como también los valores correspondientes al monto descontado para salud sobre la pensión pagada por el Fondo de Pensiones Territorial de Santander y el pago de lo ordenado en las cláusulas convencionales que fueran denominadas como prima para jubilados y prestaciones por cuenta del ISS que solicitó fueran indexadas.

    Señala que el juzgado del conocimiento adelantó el correspondiente trámite procesal y, dictó sentencia de primera instancia el 27 de agosto de 2010, en la que condenó al Departamento de Santander al reconocimiento y pago de la prima para jubilados en los términos establecidos en la convención colectiva suscrita entre la Empresa Licorera de Santander y el sindicato de trabajadores de la misma.

    Inconforme la parte demandante con la anterior decisión, toda vez que en el numeral cuarto absolvió a la demandada de las demás pretensiones, interpuso contra ella recurso de apelación en lo que tiene que ver con los valores adeudados desde el año 2002 que corresponden a los valores descontados para salud sobre el valor de la pensión pagada por el ISS y por el Fondo de Pensiones Territorial de Santander, el que fue resuelto por Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial con S. en Bogotá...

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