Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 23 de Julio de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 391425874

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 23 de Julio de 2012

Número de expediente2012-00069-01
Fecha23 Julio 2012

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Bogotá, D.C., veintitrés (23) de julio de dos mil doce (2012) Exp.: 18001-22-14-000-2012-00069-01 Decide la Corte la impugnación a la providencia de 6 de julio de 2012, proferida por la Sala Unitaria Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, que negó la petición de habeas corpus invocada por la apoderada judicial de E. de J.M.C. contra el Juzgado Promiscuo Municipal de Cartagena del Chairá (Caquetá), con Función de Control de Garantías.ANTECEDENTES

  1. A través de la acción constitucional de habeas corpus, el ciudadano E. de J.M.C. pretende recobrar su libertad en forma inmediata, toda vez que desde el 13 de abril de 2012 fue aprehendido por el delito de tráfico, porte y fabricación de estupefacientes, y a la fecha de presentación de esta petición de amparo aún no se ha legalizado su captura, excediendo con creces el término legal de 36 horas establecido para el efecto, por lo que se considera ilegalmente privado de la libertad (fl. 1, cdno. 1).

  2. La Sala Unitaria del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia avocó el conocimiento de la solicitud de amparo superior, ordenó oficiar a la Fiscalía Octava Seccional de Florencia y al Juzgado Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías de Cartagena del Chairá (fls. 5 y 6, cdno. 1).

  3. La Fiscalía Octava Seccional de Florencia informó que, el 13 de abril de 2012 el actor fue capturado en flagrancia, por miembros de la Policía de A., mientras se desplazaba con 1.011 gr. de base de coca; que las diligencias fueron asignadas a la Fiscalía Tercera Especializada de la URI de esa misma ciudad, despacho que en audiencia preliminar solicitó la orden de captura, formulación de imputación de cargos y medida de aseguramiento consistente en detención preventiva contra el gestor (fl. 11, cdno. 1).

    Que el Juzgado Promiscuo Municipal de C. delC. presidió la audiencia de 14 de abril de 2012, en la cual se decretó la legalidad de la captura del actor, decisión que fuera apelada por la defensa; se hizo imputación de cargos por el punible de tráfico de estupefacientes (art. 376[3] del C.P.), la que fuera aceptada por el sindicado; y se impuso medida de aseguramiento de detención en establecimiento carcelario, sin que la misma fuera objeto de reparo por el sindicado.

    Que el Juzgado Primero Penal del Circuito de Florencia, el 1º de junio de 2012 desató la alzada propuesta contra la decisión de legalización de captura, declarándola nula y absteniéndose de ordenar la libertad del incriminado en cuanto aquél se hallaba detenido por virtud de una medida de aseguramiento, que no fue cuestionada por la defensa (fl. 12, cdno. 1).

    Por su parte, el Juzgado Promiscuo Municipal de C. delC. manifestó que el accionante apeló la decisión de 14 de abril de 2012, que declaró en regla...

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