Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 25 de Julio de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 393227390

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 25 de Julio de 2012

Número de expediente61473
Fecha25 Julio 2012
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Magistrado Ponente:

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta N°275B.D.C., veinticinco (25) de julio de dos mil doce (2012).VISTOS Se pronuncia la Sala en relación con la demanda de tutela promovida, a través de apoderado, por J.E.B.O. y C.A.G.D., en contra de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado 6º Penal del Circuito de la misma ciudad, en actuación que involucró al Juzgado 12 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa, dentro de la actuación penal que se tramitó en su contra por el punible de homicidio.

ANTECEDENTES

Los hechos relevantes para efectos de resolver la presente petición de protección constitucional, se pueden resumir de la forma como sigue: 1. El 29 de abril de 2011, el Juzgado 12 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá condenó a J.E.B.O. y C.A.G.D., a la pena principal de 300 meses de prisión en inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 240 meses, como coautores penalmente responsables del delito de homicidio. 2. Apelada la anterior decisión, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, en proveído de 29 de julio de 2011 la confirmó, decisión contra la cual el defensor de los accionantes interpuso el recurso extraordinario de casación, que fue declarado desierto por vencimiento de los términos para presentar la demanda.

  1. J.E.B.O. y C.A.G.D., a través de apoderado, acuden a la acción de amparo constitucional por encontrarse inconforme con la decisión condenatoria que se profirió en su contra, pues afirman que “el comportamiento del Juez 12 Penal del Circuito y de los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá se evidencia que incurrieron en verdaderas vías de hecho, que violentan garantías de origen Constitucional”.

Precisó el libelista que el fallador de primer grado “haciendo eco de las peticiones de la Fiscalía” proclamó que el móvil del homicidio era la pertenencia de los procesados a las denominadas tribus urbanas, concretamente a los “skinhead”, situación que en manera alguna corresponde a la realidad ni a los hechos que se probaron al interior del proceso y que tampoco fue tema de controversia en el desarrollo del juicio.

Por otra parte, indica que el anterior abogado defensor dejó vencer el término...

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