Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 25 de Julio de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 394588982

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 25 de Julio de 2012

Fecha25 Julio 2012
Número de expediente39353
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: R.E. BUENO

Radicación No. 39353

Acta No. 26

Bogotá D.C., veinticinco (25) de julio de dos mil doce (2012)Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por la parte accionante contra el fallo proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, el 13 de junio de 2012, dentro de la acción de tutela que E.S.Á. promovió contra la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali.

ANTECEDENTES

El señor E.S.Á., por conducto de apoderado judicial, instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, acceso a la administración de justicia y seguridad jurídica, presuntamente vulnerados por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali al proferir “la sentencia No.078 de fecha 9 de diciembre de 2011”.

Señaló que junto con su esposa, adquirió crédito hipotecario para adquirir vivienda con la Corporación Nacional del Ahorro y Vivienda CONAVI, hoy BANCOLOMBIA; que para tales efectos suscribió el pagaré No.13244 en UPAC, por valor de $22’400.000; que en la medida en que se afectaba su mínimo vital, no pudo continuar con el pago de la deuda adquirida; que, en consecuencia, en 1999 la entidad inició en su contra proceso ejecutivo hipotecario cobrando el saldo de la obligación; que del mencionado trámite conoció el Juzgado Catorce Civil del Circuito de Cali, el cual decretó la terminación del proceso y la reliquidación del crédito; que, nuevamente, la entidad presentó demanda ejecutiva en el año 2006, declarando nuevamente la extinción del plazo sobre la misma letra y señalando que “el pagaré No. 13244 se encuentra en mora desde el 19 de enero de 2001”; que el conocimiento del asunto correspondió al Juzgado Octavo Civil del Circuito de Cali que dictó mandamiento de pago el día 27 de junio de 2007; que notificado del contenido de dicho auto, propuso la excepción de prescripción del título valor que servía de base a la ejecución con fundamento en que “el demandante ya había declarado la extinción del plazo y había por lo tanto acelerado el plazo de la obligación cobrando el saldo insoluto de la obligación en la demanda formulada en el año 1999 y ahora pretende acelerar el plazo cuando ya lo había hecho con anterioridad”; que el juzgado de conocimiento, mediante auto del 10 de abril de 2008, resolvió no seguir adelante la...

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