Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Agosto de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 396268734

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Agosto de 2012

Número de expediente62199
Fecha23 Agosto 2012
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA¡Error!Marcador no definido.

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Magistrada Ponente:

M.D.R.G.M.

Aprobado Acta N° 315 Bogotá D.C., veintitrés (23) de agosto de dos mil doce (2012) OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO Decidir la acción de tutela presentada por el señor J.A.R.G., en contra de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado Veintiocho Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de la misma ciudad, por el presunto desconocimiento de sus derechos fundamentales al debido proceso e igualdad.

ANTECEDENTES RELEVANTES

Lo informado y aportado al infolio permite extraer que:

  1. El Juzgado Veintiocho Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, mediante sentencia del 16 de mayo de 2007 condenó a J.A.R.G., como autor de los delitos de homicidio agravado, tentativa de homicidio y porte ilegal de armas de fuego de defensa personal a la pena principal de 273 meses de prisión. Le negó la condena de ejecución condicional y la prisión domiciliaria.

  2. Impugnada esta decisión, mediante providencia del 30 de noviembre de 2007 fue confirmada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.

    El fallo de segunda instancia alcanzó su firmeza, sin ser atacado a través del recurso extraordinario de casación.

    FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

    J.A.R.G. afirmó que en el trámite del proceso penal adelantado en su contra las autoridades demandadas incurrieron en irregularidades vulneradoras de las garantías fundamentales, cuya protección invoca, porque: (i) desconocen el derecho a la igualdad en relación con sus compañeros de causa señores C.O.A.N. y F.P.S. por imputarle cargos diferentes e imponerle una pena superior a la de aquellos y; (ii) incurrieron en vía de hecho por defectos procedimentales y fácticos al ignorar los principios de legalidad, favorabilidad, igualdad y debido proceso.

    Agregó, haber dejado vencer los términos legales para presentar demanda de casación o acción de revisión porque desconocía el quantum punitivo impuesto a sus compañeros de causa, el cual se constituye en marco de referencia frente a su caso. Solicitó corregir la sentencia condenatoria, teniendo en cuenta la aceptación que de los cargos hizo.TRÁMITE DE LA ACCIÓN

  3. Mediante auto del pasado 14 de agosto la Sala asumió el conocimiento del asunto, ordenando comunicar lo pertinente al accionante y a las autoridades accionadas.

  4. El Tribunal Superior de Bogotá, Sala Penal, en su respuesta, tras aludir a las sentencias emitidas dentro del...

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