Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 22 de Agosto de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 399364174

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 22 de Agosto de 2012

Número de expediente39607
Fecha22 Agosto 2012
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado PonenteRadicación n° 39607

Acta No. 29

Bogotá, D.C., veintidós (22) de agosto de dos mil doce (2012).

Resuelve la Corte la impugnación interpuesta mediante apoderado judicial por la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CENTRO HOSPITAL DIVINO NIÑO contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Pasto el 3 de julio de 2012, dentro de la acción de tutela que instauró contra el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE TUMACO.

ANTECEDENTES

La parte accionante instauró acción de tutela contra el Despacho Judicial accionado, por la presunta vulneración a los derechos fundamentales al debido proceso y a la igualdad.

Como fundamento de su petición de amparo expuso la quejosa, que ante el Juzgado Laboral del Circuito de Tumaco, el señor J.Q., quien se desempeñó como vigilante por medio de orden de prestación de servicios, interpuso demanda ordinaria de primera instancia en su contra, para que se declarara la existencia de una relación laboral con vínculo de trabajador oficial, desde el 1º de octubre de 2007 hasta el 30 de diciembre de 2008, y en consecuencia se le condenara al pago de cesantías, intereses a las mismas, vacaciones, prima de vacaciones, prima de servicios, prima de navidad, bonificación por servicios, indemnizaciones por despido y por mora.

Que el Juez de conocimiento, mediante sentencia del 31 de mayo de 2012, acogió las pretensiones del demandante y además condenó a la demandada a pagar la suma de $11.520.000, del 1º de abril de 2009 al 30 de abril de 2012 y a partir del 1º de mayo de 2012, cuando inicia el mes 25, a los intereses moratorios a la tasa máxima de crédito de libre asignación certificado por la Superintendencia Bancaria y hasta cuando el pago se verifique, absolviéndola de las demás prestaciones; que contra la anterior decisión no procede ningún recurso.

Que posteriormente mediante auto del 4 de junio del presente año, la Juez al considerar que “incurrió involuntariamente en un error aritmético no solo en la cuantía de la indemnización, sino también en el término de la misma”, hizo la respectiva corrección, la cual quedó así “Condenar a la E.S.E. Centro Hospital Divino Niño de Tumaco, pagar a J.Q. por indemnización moratoria, la suma de doce millones de pesos ($12.000.000), del 1º de abril de 2009 hasta el 30 de abril de 2011. Del 1º de mayo de 2011, cuando inicia el mes 25, se pagará intereses moratorios a la tasa máxima de crédito de libre asignación certificado por la Superintendencia Bancaria y hasta cuando el pago se verifique”.

Que el Despacho judicial accionado para proceder a la condena por concepto de indemnización moratoria tuvo en cuenta la sentencia del 31 de agosto de 2010, proferida por esta Sala de Casación, con número de radicación 37617, sin que se “tratara de un caso similar al examinado en la sentencia aludida incurriendo de esta manera en un defecto fáctico ya que esta se impuso sin ningún sustento probatorio”.

Por lo anterior, solicitó el amparo de los derechos fundamentales invocados y en consecuencia, dejar sin efectos la sentencia del 31 de mayo de 2012, proferida por el Juzgado Laboral del Circuito de Tumaco y en su lugar, ordenar la “expedición de la que en derecho corresponda”. TRÁMITE

Mediante proveído del 19 de junio de 2012, el Tribunal Superior de Pasto avocó el conocimiento, vinculó al señor J.Q. y ordenó notificar al despacho judicial accionado para que hicieran uso del derecho de defensa.

Dentro del término de traslado, la Juez Laboral del Circuito de Tumaco, luego de realizar un recuento de las actuaciones dictadas dentro del proceso cuestionado, informó que en el fallo cuestionado, el Juzgado “entre las diferentes declaraciones, resolvió condenar a la entidad demandada...

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