Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 1 de Agosto de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 399364534

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 1 de Agosto de 2012

Número de expediente39331
Fecha01 Agosto 2012
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

MAGISTRADO PONENTE: J.M.B.R. Tutela Expediente No. 39331 Acta No. 27 Bogotá, D.C., primero (1º) de agosto de dos mil doce (2012)

Decide la Corte sobre la impugnación interpuesta por J.O.B.C. contra la SALA DE CASACIÓN CUARTA DE DECISIÓN LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN el 14 de junio de 2012, que denegó la tutela instaurada por el accionante contra el JUZGADO DEPARTAMENTAL DE POLICÍA DE ANTIOQUIA y la INSPECCIÓN SEGUNDA DE POLICÍA DE LA TABLAZA.I-. ANTECEDENTES

1-. El accionante adelanta la presente acción de tutela, al considerar vulnerado el derecho fundamental al debido proceso, con las decisiones adoptadas por la autoridad accionada en el trámite de la querella civil policiva por perturbación a la posesión que instauró en contra de A.H.A..

Manifiesta que interpuso querella civil por perturbación de la posesión contra A.H.A. la que le correspondió a la Inspección Segunda de Policía de la Estrella Antioquia en la Tablaza y quien mediante decisión del 24 de marzo de 2012, negó la protección solicitada “por no cumplirse con los presupuestos de la acción”, decisión que fue recurrida en apelación por el querellante y resuelta por el Juzgado Departamental de Policía de Antioquia, quien confirmó el fallo de primera instancia.

Se duele el accionante de las anteriores decisiones con las que considera se ha vulnerado su derecho fundamental al debido proceso, por cuanto en la inspección judicial del terreno solo se escuchó a la parte demandada “pues no obstante solicitarle autorizara constatar con la medida de centro y ancho, presentarse la lienza propia de medir, hizo caso omiso, tomando arbitrariamente como lindero un zanjón que se encuentra a unos ocho metros del árbol de pino que mojón entre los predios la ARENERA y la GLORIETA de mi propiedad”.

Conforme a lo anterior, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín el 14 de junio de 2012 denegó el amparo solicitado bajo el argumento que en la providencia atacada “no se dio una valoración grosera o caprichosa de la prueba, pudiendo pregonarse que se incurrió en ninguna vía de hecho y por ende no se causó vulneración o amenaza de los derechos fundamentales de J.O.B.C.”.

  1. Inconforme la sociedad peticionaria con la anterior decisión, la impugnó mediante escrito visible a folios 160 a 161 del cuaderno de tutela, el cual sustentó con los mismos argumentos del escrito inicial.

II-...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR