Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 27 de Septiembre de 2012
Fecha | 27 Septiembre 2012 |
Número de expediente | 63125 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS
Magistrado Ponente:
J.L.B.C.
Aprobado acta N° 360
Bogotá, D.C., septiembre veintisiete (27) de dos mil doce (2012).
Decide la Sala en primera instancia, la acción de tutela interpuesta por el ciudadano J.D.O.B., contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, por presunta lesión a sus derechos constitucionales.ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Según lo refieren las diligencias y para lo que interesa a la presente
decisión, el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión de El Santuario (Antioquia) negó el beneficio administrativo de permiso hasta por 72 horas que se impetró a favor de J.D.O.B., decisión contra la cual el sentenciado interpuso recurso de apelación para ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia.
Es así, que estando en curso el trámite de segunda instancia, el sentenciado remitió -vía correo certificado- solicitud el 26 de junio de 2012, a través de la cual manifiesta que desiste de la impugnación
En tales condiciones J.D.O.B. promueve demanda de tutela, en procura de amparo para el derecho fundamental de petición que considera vulnerado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, en tanto afirma que no ha recibido respuesta de fondo, clara y oportuna frente a la solicitud referida, por lo que solicita la intervención del juez de tutela.
TRÁMITE DE LA ACCIÓN
Al avocar el conocimiento de la presente acción se dio cumplimiento
de lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 13 del Decreto 2591 de 1991 por lo que en el auto admisorio de la demanda, se surtió traslado a la Corporación accionada para el ejercicio del derecho de contradicción y se solicitó información sobre el asunto.
Al respecto, el Magistrado Sustanciador del Tribunal Superior de Antioquia hace saber que con providencia del 21 de septiembre de 2012 se aceptó el desistimiento presentado por J.D.O.B., en relación con el recurso de apelación que promoviera frente a la decisión proferida por el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión de El Santuario (Antioquia), con la cual le fue denegado el beneficio administrativo de permiso hasta por 72 horas.
En tal virtud, solicita se niegue el amparo invocado al configurarse un hecho superado. Aporta copia de la decisión enunciada.
De conformidad...
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