Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 24 de Octubre de 2012
Número de expediente | 63668 |
Fecha | 24 Octubre 2012 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2
Magistrada Ponente:
M.D.R.G.M.
Aprobado Acta N° 396
Bogotá D.C., veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012).
OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO Resolver la impugnación presentada por el señor A.E.H.A., en contra del fallo de tutela proferido el 25 de septiembre de 2012 por el Tribunal Superior de Medellín, Sala de Decisión Constitucional, que negó el amparo del derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por los Juzgados Octavo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, y Treinta y Dos Penal Municipal con Función de Control de Garantías, y la Fiscalía Veintiocho Seccional, todos con sede en Medellín.
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
A.E.H.A. tras efectuar un recuento pormenorizado de los hechos, el material probatorio, la evidencia física y la información legalmente obtenida dentro del proceso penal que se adelanta en su contra por los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones, violencia contra servidor público, constreñimiento ilegal y falsedad marcaria, manifestó su inconformidad con las decisiones adoptadas por las autoridades accionadas en audiencias preliminares, por desconocer sus derechos fundamentales.
Al respecto aludió a lo parcializado del debate al momento de pronunciarse frente a la legalización de su captura, e imponerle la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario. Adicionalmente, cuestionó la situación de flagrancia que se le imputa, por no cumplir con los presupuestos contemplados en los artículos 301 numerales 1º y 2º, 302 y 303 de la Ley 906 de 2004, y la doctrina que sobre el particular ha sentado la Sala de Casación Penal.
TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA
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Con auto del 12 de septiembre de 2012, el Tribunal Superior de Medellín, Sala de Decisión Constitucional, avocó el trámite del asunto y ordenó notificar esa decisión a las autoridades accionadas.
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El Juzgado Octavo Penal del Circuito de Medellín, en su respuesta, indicó haber conocido de los recursos propuestos contra los autos emitidos por el Juzgado 32 Penal Municipal con Función de Control de Garantías, mediante los cuales se legalizó el procedimiento de captura, y se impuso medida de aseguramiento en contra de A.E.H.A. y otros, dentro de la actuación penal seguida en su contra, precisando que en audiencia del 1º de agosto de 2012 confirmó la legalidad de los aludidos procedimientos. Aportó copia del acta y del registro de audio.
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El Juzgado Treinta y Dos Penal Municipal con Función de Control de Garantías informó que mediante autos del 1º y 3...
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