Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 2 de Octubre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 406279998

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 2 de Octubre de 2012

Número de expediente63032
Fecha02 Octubre 2012
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. J.L.B.C.

Aprobado Acta No. 368.

Bogotá, D.C., dos de octubre de dos mil doce.

VISTOS

Decide la Sala la impugnación interpuesta por el accionante C.E.R. CRUZ contra el fallo proferido el 31 de agosto de 2012 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante el cual negó la tutela presentada en contra de la Fiscalía 49 Seccional de la Unidad Primera de Delitos contra el Patrimonio Económico y Fe Pública.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Los hechos que motivaron la solicitud de amparo constitucional y lo pretendido por el accionante, fueron reseñados en el fallo impugnado de la forma como sigue:

“1. R.A.G.M. formuló denuncia contra J.O.C.B. y J.T. por el presunto delito de estafa.

  1. Los hechos que originaron la denuncia se circunscriben a que R.A.G.M. vendió al Centro de Negocios Automotriz SAS, cuyo representante legal era J.O.C.B. –implicado-, el vehículo Mazda 6 de placas BNE-349.

    Sin embargo, solo le pagaron el 10% del valor de la venta y el restante 90% nunca se le canceló. Pocos días después, el señor G.M. se enteró que el vehículo había sido vendido a una tercera persona, esto es, L.A.M.G. y que posteriormente este último le vendió a M.A.R.S..

    A su vez, M.A.R.S., celebró contrato de compra venta del mismo vehículo con C.E.R. CRUZ –accionante, quien afirma ser el nuevo dueño del carro.

  2. De conformidad con la directriz impartida por la Dirección Seccional de Fiscalía, la denuncia formulada por R.A.G.M. fue acumulada a otras que por los mismos hechos, pero respecto a diferentes vehículos, cursaban ante diferentes Fiscalía.

    Por ello, actualmente conoce de las denuncias acumuladas la Fiscalía 49 Seccional de la Unidad Primera de Delitos Contra el Patrimonio Económico y Fe Pública de Bogotá, bajo el radicado No. 110016000018-2011-04251.

  3. Dentro de la indagación, la Fiscalía 49 Seccional de Bogotá, adoptó algunas medidas, entre ellas, la inmovilización del vehículo Mazda 6 de placas BNE-349, que se materializó el 12 de abril de 2012, por el patrullero C.C.B., adscrito a la Décima Cuarta Estación de Policía Mártires.

  4. C.E.R.C., quien tenía el vehículo cuando fue incautado, acude a la tutela con fundamento en que la Fiscalía accionada vulneró su derecho al debido proceso por cuanto:

    - La Fiscalía entregó el vehículo de manera provisional a R.A.G.M. (primer propietario y denunciante), sin...

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