Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 23 de Octubre de 2012
Número de expediente | 40623 |
Fecha | 23 Octubre 2012 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
R.E. BUENO
Magistrado Ponente
Radicación No. 40623
Acta No. 38
Bogotá D.C., veintitrés (23) de octubre de dos mil doce (2012)
Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por Á.A.P.M. contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, el 18 de septiembre de 2012, dentro de la acción de tutela que aquél promovió contra la Nación - Ministerio de Defensa - Policía Nacional, a la cual se vinculó la Procuraduría General de la Nación, oficina de Talento Humano.
Por intermedio de apoderada judicial, Á.A.P.M. instauró acción de tutela contra la Nación -Ministerio de Defensa - Policía Nacional, para que le fueran protegidos sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa. Como consecuencia, solicitó que se declarara la nulidad de la Resolución No. 02428 de 29 de julio de 2010, emitida por el Director General de la Policía Nacional, mediante la cual se le retiró del servicio activo por destitución, en su calidad de patrullero, que se ordenara a la accionada reintegrarlo a un cargo igual o de mejor categoría, que se le reconozcan los ascensos a que tenga derecho, así como los salarios dejados de percibir desde el momento de su retiro de la institución hasta su reincorporación. Asimismo, pidió que se ordenara a la Procuraduría General de la Nación, oficina de Talento Humano, anular las anotaciones que tiene en su hoja de vida.
Señaló, en síntesis, que es patrullero de la Policía Nacional y el 15 de julio de 2009 fue nombrado para prestar sus servicios en la Compañía Aeroportuaria Antinarcóticos el Dorado; que en octubre de 2009 salió a disfrutar de 3 períodos de vacaciones; que al finalizar el segundo período, el 12 de noviembre de dicho año, se presentó a la Unidad en donde laboraba, firmó el libro de llegada y salió al día siguiente para hacer uso de los últimos 25 días de descanso que le quedaban; que el 7 de diciembre de 2009, cuando terminó sus vacaciones, se presentó ante su C. directo de quien recibió amenazas porque supuestamente no se le había autorizado el último período de vacaciones, quien le comentó que incurrió en el delito de evasión del servicio; que recibía llamadas amenazantes de su C., quien le expresó que ya le había llegado la suspensión del servicio activo y le anunció que estuviera atento a las notificaciones tanto de la Justicia Penal Militar como de la...
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