Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 22 de Noviembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 410231442

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 22 de Noviembre de 2012

Número de expediente63832
Fecha22 Noviembre 2012
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No.1MAGISTRADO PONENTE

L.G.S.O.

APROBADO ACTA No. 427-

Bogotá, D.C., veintidós (22) de noviembre de dos mil doce (2012)

ASUNTO

La Sala se pronuncia sobre la impugnación formulada por el apoderado de la Comunidad Franciscana Provincia de la Santa Fe Curia Provincial, contra la decisión proferida el 2 de octubre de 2012, por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, a través de la cual negó la tutela interpuesta contra la Sala Laboral del Tribunal Superior de Villavicencio y el Juzgado Adjunto al 2° Laboral del Circuito de esa ciudad.

A la presente acción fue vinculado el señor L.H.O.G., demandante dentro del proceso laboral.

HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

  1. L.H.O.G. adelantó demanda ejecutiva contra la Comunidad Franciscana Provincia de la Santa Fe Curia Provincial, en aras de lograr la ejecución de la sentencia proferida el 14 de octubre de 2009, por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Villavicencio, a través de la cual condenó a la entidad demandada a reconocer y pagar a su favor la suma de $64.500.000, por concepto de honorarios profesionales y $ 35.585.630 por indexación.

  2. Una vez asumidas las diligencias por el Juzgado accionado, mediante auto del 13 de enero de 2012, aceptó el desistimiento de los recursos, excepciones e incidentes propuestos por la Comunidad Franciscana, negó la solicitud de levantamiento y cancelación de medidas cautelares y decretó el embargo y retención de sus cuentas corrientes y de ahorros.

  3. Contra la anterior decisión la parte ejecutada interpuso los recursos de reposición y apelación. El primero, fue despachado desfavorablemente el 7 de febrero de 2012, decisión que fue confirmada el 23 de agosto de los corrientes, por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Villavicencio.

  4. Inconforme con las determinaciones, la Comunidad Franciscana presentó ante el Tribunal solicitud de aclaración y adición del auto proferido en audiencia del 23 de agosto pasado, al indicar que no se emitió pronunciamiento frente a las medidas cautelares que pesan sobre sus cuentas bancarias, por lo que el juez colegiado a través de auto del 31 siguiente no accedió a la petición referida.

  5. Insatisfecha con lo decidido, la parte ejecutada acude a la intervención del juez constitucional.

LA SENTENCIA IMPUGNADA

La Sala de Casación Laboral negó el amparo al considerar que la actora...

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