Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 22 de Noviembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 410231746

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 22 de Noviembre de 2012

Número de expediente2012-00381-01
Fecha22 Noviembre 2012
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Bogotá D.C., veintidós de noviembre de dos mil doce

Discutido y aprobado en sesión de veintiuno de noviembre de dos mil doce.

R.. exp.: 17001-22-13-000-2012-00381-01

Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo proferido el diecisiete de octubre de dos mil doce por la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, dentro de la acción de tutela promovida por R.G.H. contra el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de La Dorada, trámite al que fueron vinculadas L.M.H.P. y N.L.G..

  1. La pretensión

    El accionante solicitó el amparo de su derecho fundamental al debido proceso, que considera vulnerado por el accionado en el trámite del proceso ejecutivo instaurado en su contra, a continuación del proceso de liquidación de sociedad patrimonial de hecho, porque se llevó a cabo el remate de un bien de su propiedad, sin el cumplimiento de los requisitos legales para el efecto.

    En consecuencia, solicita que se revoque “todo el trámite de la diligencia de remate y las posteriores actuaciones procesales”. [Folio 35]

  2. Los hechos

    1. A continuación del proceso de liquidación de sociedad patrimonial de hecho, instaurado por L.M.H. contra R.G.H., ante el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de La Dorada, la demandante solicitó que se librara mandamiento de pago a su favor y en contra del demandado, con fundamento en la sentencia que aprobó el trabajo de partición y adjudicación. [Folio 1, proceso ejecutivo]

    1. El juez de conocimiento, profirió mandamiento de pago el 12 de julio de 2010. [Folio 4, proceso ejecutivo]

    2. En decisión de 10 de marzo de 2011, y como el demandado no se opuso a las pretensiones, el juez ordenó seguir adelante con la ejecución, y dispuso el remate de los bienes cautelados. [Folio 7, proceso ejecutivo]

    3. Por solicitud de la ejecutante, en auto de 27 de enero de 2012, el juzgador fijó fecha y hora para el remate del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 106-5659, de propiedad del demandado. [Folio 46, proceso ejecutivo]

    4. El 28 de febrero de 2012, se llevó a cabo la diligencia de remate, en donde se adjudicó el bien a N.L.G.. [Folio 72, proceso ejecutivo]

    5. En escrito presentado el 1º de marzo de 2012, el ejecutado solicitó que se decretara la nulidad de la diligencia de remate, porque la publicación radial del aviso no se hizo dentro del término legal. [Folio 79, proceso ejecutivo]

    6. El 27 de marzo de 2012, el...

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