Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Diciembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 411525158

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Diciembre de 2012

Número de expediente64111
Fecha06 Diciembre 2012
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA¡Error!Marcador no definido.

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Magistrado Ponente:

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta N°448

Bogotá, D.C., seis (6) de diciembre de dos mil doce (2012).

VISTOS

Debidamente prevalida de competencia por virtud del Decreto 1382 de 2000 en concordancia con el artículo 42 del Acuerdo número 006 de 2002[1] Reglamento General de la Corte Suprema de Justicia, se pronuncia la Sala en primera instancia acerca de la acción de tutela presentada por J.J.P.R., contra la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en actuación que comprende a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, al Juzgado 1º Laboral del Circuito de la misma ciudad y al Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.

ANTECEDENTES 1. J.J.P.R., demandó al Instituto Distrital para la recreación y el Deporte, para que se declarara que entre las partes en conflicto, se verificó un contrato de trabajo a término indefinido, el cual fue terminado sin justa causa comprobada por el empleador, después de 19 años y 5 meses de servicios y con violación de la ley y del trámite convencional, y como consecuencia de ello, se le reintegrara al cargo de conductor que desempeñaba al momento de su desvinculación, o a otro de igual categoría y remuneración, al pago indexado de los salarios, primas, bonificaciones y demás prestaciones de ley.

  1. El Juzgado 1º Laboral del Circuito de Bogotá, a través de sentencia de 27 de abril de 2007, negó las súplicas de la demanda absolvió a la entidad demandada de las pretensiones allí incoadas.

  2. Inconforme con el resultado, el demandante la impugnó, correspondiendo conocer del recurso a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, Corporación que en sentencia de 31 de octubre de 2008, la confirmó.

  3. Interpuesto el recurso extraordinario de casación, el mismo fue resuelto por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante sentencia de 22 de noviembre de 2011, dentro de la radicación 40505, no casando el fallo materia de impugnación extraordinaria.

    LA DEMANDA

    JOSÉ J.P.R. instaura la acción de tutela, por considerar que con la decisión proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, se desconocen sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, a la protección a la familia, a la seguridad social, el derecho a la salud y el acceso a la justicia,

    Sostiene que la Sala de Casación Laboral incurrió en vías de hecho en la decisión cuestionada, ya que fue el único trabajador oficial del I.D.R.D., que habiendo sido despedido arbitraria y sin justa causa, y habiendo demandado su protección judicial al igual que a sus demás compañeros de labores despedidos en situación similar, a quienes la justicia laboral les dio la razón, ordenando su reintegro y pago de salarios y prestaciones sociales sin solución de continuidad, se falló en contra de sus pretensiones.

    Expone que la vía de hecho surge de la aplicación de una norma derogada puesto que el artículo 1º del Acuerdo Distrital No. 4 de 1978, que creó al IDRD como establecimiento público, perdió vigencia con la expedición del Acuerdo Distrital 21 de 9 de diciembre de 1987 mediante el cual el Concejo de Bogotá cambió la naturaleza inicial por la de empresa comercial o industrial de la Administración Descentralizada del Distrito, quedando así derogado el mencionado artículo 1º del Acto de Creación.

    Precisa que el derogado artículo 1º del Acuerdo 4 de 1978 “no ha sido reproducido hasta el día de hoy como para pueda predicarse que, en los términos del artículo 14 de la Ley 153 de 1887, recobró su fuerza total o parcialmente”.

    Afirma que el pronunciamiento en sede de casación de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia es arbitrario o ilegal, pues al sostener que si el Acuerdo...

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