Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Diciembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 411525378

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Diciembre de 2012

Número de expediente64071
Fecha06 Diciembre 2012
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No.448

Bogotá D.C., seis (6) de diciembre de dos mil doce (2012).

VISTOS

Plenamente prevalida de competencia por virtud de lo aprobado por la Sala de Gobierno de esta Corporación en sesión de 24 de octubre del año en curso[1], se pronuncia la Sala en primera instancia acerca de la acción de tutela promovida, a través de agente oficioso, por el señor J.S.G.P. contra la Nueva E.P.S., por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la vida y la salud.

ANTECEDENTES

El señor W.O.N.G., quien agencia oficiosamente los derechos del señor J.S.G.P., interpone acción de tutela contra la Nueva E.P.S., a quien acusa de vulnerar sus derechos fundamentales a la vida y la salud, por negarse a suministrarle el servicio de ambulancia para el traslado de su padre a la unidad renal para el manejo de su diálisis.

Informa el tutelante, que su padre J.S.G.P., en la actualidad cuenta con 86 años de edad y padece de insuficiencia renal crónica, hematoma cerebral organizado, diabetes mellitus tipo II, hipertensión arterial, úlcera esofágica, transtorno deglutor, delirium hipoactivo; y a la fecha se encuentra afiliado al Régimen Contributivo de Salud a través de la Nueva EPS.

Expone que el 30 de octubre último solicitó la autorización correspondiente para el traslado en ambulancia del domicilio del paciente a la unidad renal donde le practican la diálisis ordenada por el médico tratante, pero que dicho servicio le fue negado bajo el argumento de encontrarse por fuera del Plan Obligatorio de Salud.

Afirma que en el caso del señor G.P., “hay riesgo catastrófico”, pues las patologías que lo aquejan son de alto costo y progresivas, existiendo riesgo inminente de muerte por interrupción en el tratamiento de la diálisis.

Sus pretensiones las encamina a que se le ordene a la Nueva EPS, generar las autorizaciones de las ambulancias para el traslado de su lugar de residencia a la unidad renal a fin de que se le practiquen al señor J.S.G.P. las diálisis que le fueron ordenadas por su médico tratante, así como la cobertura integral de los servicios POS y NO POS que requiera para el manejo de su enfermedad.

Aporta como pruebas: i) recomendaciones nutricionales gastrolisis casera del 30 de octubre de 2012; ii) resumen de historia clínica del 30 de octubre de 2012 del Hospital Méderi; iii) resumen de interconsulta del 31 de octubre de 2012del Hospital Méderi; iv) epicrisis clínica de 6 de octubre de...

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