Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 28 de Enero de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 422838774

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 28 de Enero de 2013

Fecha28 Enero 2013
Número de expediente11001020400020120238601
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente:

ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ

Bogotá, D.C., veintiocho (28) de enero de dos mil trece (2013).-

(discutido y aprobado en Sala de 23 de enero de 2013)

Ref.: 11001-02-04-000-2012-02386-01

Se decide la impugnación formulada por el accionante respecto de la sentencia proferida el 24 de octubre de 2012 por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en la acción de tutela que él promovió contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva y el Juzgado Noveno de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad.ANTECEDENTES

  1. El señor ARNOVI ANACONA URRUTIA solicitó la protección de los derechos fundamentales a la libertad, a la “educación en condiciones libres” y a la familia, presuntamente vulnerados por las autoridades jurisdiccionales accionadas.

  2. En sustento del reclamo constitucional señaló que desde el 13 de enero de 2012 le fue concedido el beneficio de libertad condicional, con la obligación de indemnizar a la víctima dentro del periodo de prueba.

    Indicó que solicitó la exoneración de dicho pago con sustento en que en la actuación seguida en su contra reposan las pruebas que demuestran su insolvencia económica. No obstante, anotó, su petición le fue denegada por el Juzgado accionado mediante providencia del 22 de junio de 2012 y sólo le fue concedida una prórroga de seis meses para pagar la indemnización. Afirmó que apeló la anterior decisión, explicando las circunstancias que le impiden sufragar la indemnización a la víctima, pero el Tribunal la confirmó al no darle credibilidad a sus afirmaciones.

    Reconoció que “por desconocimiento de la norma” no soportó con “documentos” su solicitud de exoneración del pago de la indemnización a la víctima y, para acreditar tal circunstancia, con la solicitud de amparo anexó la declaración extrajuicio de dos testigos que dan cuenta de su situación económica.

    Informó que está a punto de vencerse la prórroga que le fue otorgada, con lo cual quedaría sin la posibilidad de formarse en el programa de reinserción al que pertenece por ser desmovilizado.

    Señaló que tuvo la intención de realizar un abono a la obligación indemnizatoria por valor de doce mil pesos, aunque aclaró que no le fue posible debido a que no le suministraron los datos necesarios para tal efecto.

  3. Con base en lo anterior solicitó que se conceda el amparo de sus derechos fundamentales y que “no se exija...

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