Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 17 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 433983606

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 17 de Abril de 2013

Fecha17 Abril 2013
Número de expediente41115
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrada Ponente:

M.D.R.G. M.

Aprobado Acta No. 113

Bogotá D.C., diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013).

VISTOS

Se pronuncia la Sala sobre el impedimento manifestado por el titular del Juzgado 1° Penal del Circuito Especializado de Popayán para conocer del juicio adelantado contra L.C.O.S., M.J.F. GRUESO, JESÚS YALANDA TUNUBALA, WILFREN YULE DAGUA y A.O.D., acusados por el delito de concierto para delinquir agravado.

ANTECEDENTES RELEVANTES

  1. Por información obtenida de fuente humana, la Policía Nacional conoció de la conformación de la sexta cuadrilla de la columna móvil “J.A.” denominada “Héroes de Usenda” de las FARC, al mando de alias “S.”, quienes delinquen en la jurisdicción de los Municipios de Cajibío, Piendamó, M., S. y Jambaló, realizando actividades propias del narcotráfico como también atentados contra la fuerza pública utilizando tácticas de emboscada, explosivos, voladura de torres, homicidios colectivos y desplazamiento forzado.

    En desarrollo de la investigación se logró obtener la declaración de varios desmovilizados de dicha organización, quienes dieron cuenta de todas las actividades ilícitas realizadas en el grupo al margen de la ley, así como de varios integrantes del mismo, entre los cuales se identificó mediante reconocimiento fotográfico a L.C.O.S., M.J.F. GRUESO, JESÚS YALANDA TUNUBALA, WILFREN YULE DAGUA y A.O.D..

  2. Presentadas las personas aprehendidas ante un Juzgado Penal Municipal con funciones de control de garantías, en audiencia preliminar que tuvo lugar el 20 de marzo de 2012 se legalizó la captura, se formuló imputación por el delito de concierto para delinquir y se impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario, respecto de todos los capturados.

  3. Celebrado el juicio oral, el Juzgado 1° Penal del Circuito Especializado con funciones de conocimiento de Popayán decretó la nulidad de la actuación a partir de la presentación del escrito de acusación, inclusive y, en consecuencia, ordenó la libertad de los acusados; decisión que fue recurrida por la Fiscalía 3° Especializada y el Ministerio Público.

  4. El recurso fue desatado por el Tribunal Superior de Popayán el 9 de noviembre de 2011, en el sentido de revocar la determinación del a quo, para en su lugar ordenarle que una vez adoptado el sentido del fallo, sea cual fuere el sentido, aplicara lo establecido en el artículo 450 de la Ley 906 de 2004.

  5. Así las cosas, el asunto fue devuelto al inferior jerárquico, pero el entonces titular se declaró impedido mediante auto de 15 de noviembre de 2011, previa invocación del numeral 12 del artículo 54 de la Ley 906 de 2004 y, en consecuencia, remitió las diligencias a su homólogo.

  6. A su vez, el 26 de diciembre de 2012, el Juzgado 2° Penal del Circuito Especializado decretó la nulidad de la actuación a partir de la audiencia de juicio oral, pero no fue posible realizarla de nuevo ante el impedimento presentado por la nueva titular por virtud de lo dispuesto en el numeral 15 de la premisa normativa en cita; motivo por el cual el expediente fue remitido una vez más al Juzgado 1° Penal del Circuito Especializado de Popayán.

  7. Avocado el conocimiento de las diligencias, con fundamento en lo dispuesto en el numeral 6° del artículo 65 de la Ley 906 de 2004, el Juez titular se declaró impedido para conocer del juicio, con base en que el 11 de agosto de 2011, en sede de segunda instancia confirmó la decisión proferida por el Juzgado 3° Penal Municipal con funciones de control de garantías de Popayán, en el sentido de negar la solicitud de libertad incoada por la defensa de M.J.F. GRUESO.

    En consecuencia, ante la inexistencia de otros Juzgados de igual categoría en la Ciudad de Popayán, envió el proceso a los Juzgados Penales del Circuito Especializado de Cali...

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