Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 14 de Marzo de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 434794050

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 14 de Marzo de 2013

Fecha14 Marzo 2013
Número de expediente65550
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 1MAGISTRADO PONENTE

G.E.M.F.

PROBADO ACTA No. 081-

Bogotá, D.C., catorce (14) de marzo de dos mil trece (2013)

ASUNTO

Se resuelve la impugnación formulada por el apoderado de la Corporación La Estancia Tennis Country Club, frente al fallo del 22 de enero de 2013, mediante el cual la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia negó la tutela interpuesta contra el Juzgado Laboral Adjunto del Circuito de Funza y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cundinamarca por la presunta vulneración del derecho fundamental al debido proceso.

HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Fueron narrados por la Sala de Casación Laboral en los siguientes términos:

“Señala la corporación accionante que ING Pensiones y Cesantía en el año 2010, presentó demanda ejecutiva en su contra, con el fin de obtener el pago de los aportes dejados de cancelar a sus extrabajadores desde los años 1997 hasta 2010; que al contestar la demanda propuso las excepciones de pago parcial y prescripción.

Que cumplidas las ritualidades procesales, el Juzgado Adjunto Laboral del Circuito de Funza mediante sentencia del 5 de septiembre de 2011, declaró no probadas las excepciones propuestas y ordenó seguir adelante con la ejecución.

La accionante se duele porque el juez de primera instancia no tuvo en cuenta las pruebas documentales, emanadas de la propia demandante, que demostraban que la cifra adeudada era “infinitamente inferior” a la cobrada. Argumentó además, que el juez de instancia al decidir la excepción de prescripción confundió el derecho a la pensión con la responsabilidad u obligación de cobro de la entidad administradora, sobre la cual sí opera la pérdida del derecho por el paso del tiempo, cuando el empleador ha hecho las afiliaciones, “pues la entidad administradora, conoce y sabe, que el trabajador está inscrito en el sistema y sus derechos son delegados a la misma”.

Que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cundinamarca, al decidir la alzada, dio prosperidad a la excepción de pago parcial, pero estableció “equivocadamente el pasivo en la suma de $29’173.738 por aportes pensionales en mora (capital), más los intereses causados después del 22 de septiembre de 2011”.; que frente a la excepción de prescripción consideró que no existía término legal que la estableciera y que el derecho a la pensión era imprescriptible; “que hasta que...

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