Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 12 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 434796166

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 12 de Abril de 2013

Número de expediente68001221300020130003101
Fecha12 Abril 2013
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVILMagistrado Ponente:

JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ

Bogotá, D.C., doce (12) de abril de dos mil trece (2013)

Discutido y aprobado en sesión de diez (10) de abril de dos mil trece (2013) Ref.: 68001-22-13-000-2013-00031-01

Se decide la impugnación formulada frente al fallo dictado el 5 de febrero de 2013 por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, dentro de la acción de promovida por M.F.G., quien actúa como agente oficiosa del señor Segundo B.R.V., contra el Ministerio de la Protección Social, el Instituto Penitenciario y C. -Inpec- y Caprecom EPS-S; a cuyo trámite fue vinculado el Establecimiento Penitenciario de Mediana y Máxima Seguridad de Palogordo (Girón).

ANTECEDENTES
  1. La actora reclama protección de los derechos fundamentales a la salud y vida del señor Segundo B.R.V., que dice vulnerados por las autoridades accionadas (fl. 3, cdno. 1).

    En consecuencia, solicita se le ordene a las convocadas “[suministrarle la dieta ordenada, practicarle los exámenes clínicos ordenados, suministrarle medicamento, atención médica especializada, nueva valoración clínica (práctica endoscopia) y demás necesarios que necesita urgentemente para salvarle la vida]” (fl. 3, cdno. 1).

  2. El demandante sustenta la queja en los siguientes hechos (fls. 1 y 2, cdno. 1):

    2.1. Afirma que actúa como agente oficiosa de Segundo B.R.V., quien fue condenado por el delito de secuestro extorsivo en concurso con porte ilegal de armas de fuego y se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de Mediana y Máxima Seguridad de Palogordo (Girón).

    2.2. Menciona que el agenciado “padece desde el año 2007 [enfermedad grave], donde él empezó a presentar, por frecuentes desmayos, vómito en sangre, vomita todo lo que come” (fl. 1, cdno. 1).

    2.3. Los quebrantos de salud han aumentado con el paso del tiempo, de ahí que, el servicio médico de la cárcel lo haya remitido al Hospital Universitario de Santander, donde el 27 de septiembre de 2012 le practicaron un procedimiento denominado “esofagogastroduodenoscopia”, siéndole diagnosticado: “[esofagitis péptica grado A, gastritis erosiva antral, duodenitis erosiva y úlceras duodenales activas]” (fl. 2, cdno. 1).

    2.4. Aduce que, en la misma fecha, el profesional de la salud tratante prescribió que debía seguir una dieta, practicarse unos exámenes clínicos, tomar medicamentos y recibir atención médica especializada.

    2.5. Relata que “[a]ctualmente S[egundo] B[elisario], se encuentra aún más deteriorado [en] su estado de salud, pues” los demandados no le han brindado todo lo que requiere, “y para colmo de males ha tratado de pasar nuevamente con el médico; pero en el centro carcelario que se encuentra, solo dan por patio diez (10) citas médicas a la semana y como en el mes ya fue al médico no tiene derecho a pasar nuevamente sino al siguiente mes…” (fl. 2, cdno. 1).

  3. En el trámite constitucional de primera instancia, Caprecom EPS-S manifestó que mediante NUA 6256658 autorizó la endoscopia, procedimiento que se realizó el 29 de septiembre de 2012, “igualmente, revisada la...

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