Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 23 de Mayo de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 439202134

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 23 de Mayo de 2013

Fecha23 Mayo 2013
Número de expediente76001221000020130005001
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Bogotá D.C., veintitrés de mayo de dos mil trece

Discutido y aprobado en sesión de veintidós de mayo de dos mil trece

R.. exp.: 76001-22-10-000-2013-00050-01 Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo proferido el ocho de abril de dos mil trece por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Cali, en la acción de tutela promovida por Montagut Serra & Cía. S. en C.S. contra el Juzgado Segundo de Familia de ese distrito judicial y la Inspección de Policía Urbana II Terrón Colorado de la misma ciudad, trámite al que fue vinculada A.S.P..

ANTECEDENTES
  1. La pretensión

    En el libelo introductorio de la presente acción, la sociedad accionante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, administración de justicia, defensa y seguridad jurídica, que considera vulnerados por las citadas autoridades por rechazar la oposición a la diligencia de secuestro que presentó en el juicio ejecutivo que allí se tramita y desconocer su calidad de propietaria de los muebles cautelados.

    Pretende, en consecuencia, que se dejen sin efecto la providencia dictada en diligencia de 28 de septiembre de 2012 y el auto de 18 de febrero último. [Folio 8]

  2. Los hechos

    1. A.S.P. presentó demanda ejecutiva contra el accionante a fin de obtener el pago de las mensualidades que por alimentos le fueran reconocidas a través de una sentencia de divorcio. [Folio 2, c. 2 de copias]

    2. El asunto correspondió al Juzgado 2º de Familia de Cali, autoridad que el 12 de abril de 2012 libró mandamiento de pago en la forma solicitada. [Folio 8, c. 2 de copias]

    3. Ante la solicitud de la ejecutante, por auto de 28 de mayo de 2012, se decretó, entre otras medidas cautelares, el embargo y secuestro de los muebles y enseres que el demandado tuviera en su residencia, para lo cual se comisionó a la Inspección de Policía Urbana II Terrón Colorado de Cali. [Folio 23, c. 3 de copias]

    4. El 28 de septiembre de 2012, se practicó la referida diligencia, en la cual, una vez se declararon secuestrados los respectivos muebles, el apoderado de la accionante presentó oposición porque “absolutamente todos los bienes que se encuentran en el inmueble le pertenecen a la sociedad M.S. & Cía. sociedad en comandita simple, de la cual es su representante legal el señor H.J.M. en quien concurre también la condición de demandado”. [Folio 60, c. 3 de...

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