Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 13 de Febrero de 2013
Fecha | 13 Febrero 2013 |
Número de expediente | 41693 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
R.E. BUENO
Magistrado Ponente
Radicación No. 41693
Acta No. 04
Bogotá D.C., trece (13) de febrero de dos mil trece (2013)
Resuelve la Corte la impugnación que interpuso el Subdirector Jurídico Pensional de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la protección Social “UGPP” contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, el 20 de noviembre de 2012, dentro de la acción de tutela que promovió A.A.M.D..
El señor A.A.M.D., por conducto de apoderado judicial, instauró acción de tutela contra el Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional “FOPEP”, con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales a la vida, seguridad social y mínimo vital y móvil.
Señaló que la señora L.B.M. de M., quien en vida fue su cónyuge, era pensionada de la Caja Nacional de Previsión Social CAJANAL EICE -EN LIQUIDACIÓN-; que la pensionada falleció el 29 de julio de 2011, razón por la cual reclamó el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes; que mediante la Resolución No. UGM 050015 del 19 de junio de 2012, CAJANAL EICE -EN LIQUIDACIÓN- le reconoció la pretendida prestación; que en dicho acto administrativo se dispuso que el FONDO DE PENSIONES PÚBLICAS DEL NIVEL NACIONAL “CONSORCIO FOPEP” pagaría al beneficiario las sumas correspondientes; que el día 3 de agosto de 2012 radicó ante éste último, copia de la mencionada Resolución a fin de que se le incluyera en nómina, lo que aún no ha sucedido.
Con fundamento en lo anterior solicitó al juez de tutela ordenar al CONSORCIO FOPEP, proceder con su inclusión en nómina.
La Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla dio trámite a la acción de tutela por auto del 1 de noviembre de 2012. Vinculó a CAJANAL EICE -EN LIQUIDACIÓN- y posteriormente a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la protección Social “UGPP”.
Dentro del término de traslado correspondiente, fueron incorporados al plenario los siguientes escritos:
Del CONSORCIO FOPEP indicando que “revisada la base de datos de la nómina general de pensionados que administra el Consorcio Fopep 2007, se pudo establecer que el señor A.A.M.D., identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 7.410.647 NO registra como pensionado del Fondo de Pensiones Públicas del...
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