Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 20 de Febrero de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 439203286

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 20 de Febrero de 2013

Fecha20 Febrero 2013
Número de expediente41815
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

R.E. BUENO

Magistrado Ponente

Radicación No. 41815

Acta No. 05

Bogotá D.C., veinte (20) de febrero de dos mil trece (2013)

Resuelve la Corte la impugnación que interpuso la parte accionante contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, el 15 de diciembre de 2012, dentro de la acción de tutela que J.I.M.O. promovió contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Dirección Seccional de Aduanas de Medellín - División de Gestión Jurídica.

ANTECEDENTES

El señor J.I.M.O., obrando en su propio nombre y representación, instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa.

Señaló que el día 7 de febrero de 2012, la División de Fiscalización Aduanera de la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín, formuló requerimiento ordinario de información No. 1902384190377 solicitando al importador “Filtros en Equipos SAS” documentación relacionada con la importación al país de partes y piezas para retroexcavadoras, durante el año 2009”; que actuando como apoderado de dicha sociedad, atendió dicho requerimiento, para lo cual naturalmente adjuntó poder especial; que la División de Fiscalización Aduanera “expidió el Requerimiento Especial Aduanero No. 19023841915828” por medio del cual solicitó corrección relacionada con unas declaraciones de importación; que en la página dos (2) de dicho acto administrativo, consta que se le había dado “poder especial, amplio y suficiente”; que desde el inicio de la investigación aduanera, fue acreditado como apoderado de la empresa “Filtros en Equipos SAS”; que el día 26 de junio del año en curso, radicó objeciones contra el anterior Requerimiento Especial Aduanero; que el 3 de agosto de 2012 “la División de Gestión de Liquidación de la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín, formula en contra de mi poderdante, la liquidación oficial de corrección No. 1-90-201-241-0639-00-1921 que modificó sin conocimiento del importador, las Declaraciones de Importación con sticker números 136929011207593 y 072753000017847 de 14 de septiembre y octubre 13 de 2009, de la Aduana de Medellín”; que presentó recurso de reconsideración, para lo cual “estaba planamente facultado”, de conformidad con el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil; que el medio de defensa fue rechazado “absurdamente” por la...

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