Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 25 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 439204182

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 25 de Abril de 2013

Número de expediente66560
Fecha25 Abril 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2 Magistrada Ponente:

M.D.R.G.M.

Aprobado Acta N° 125 Bogotá D.C., veinticinco (25) de abril de dos mil trece (2013).

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Decidir la impugnación presentada por el señor J.C.B.T., en contra del fallo de tutela proferido el 21 de marzo de 2013 por el Tribunal Superior de Medellín, que negó el amparo de los derechos fundamentales, presuntamente vulnerados por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad. FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

J.C.B.T. refirió que cumple con las exigencias objetivas y subjetivas para hacerse merecedor a la sustitución de la pena de prisión carcelaria por domiciliaria, de conformidad con la Ley 1453 de 2011, artículo 25, pues ha completado más de la mitad de la sanción impuesta como autor del delito de homicidio, y mantiene un buen comportamiento al interior del penal.

En razón a ello solicitó al Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín su valoración por Asistencia Social a efectos de determinar que no pondrá en peligro a la comunidad; así mismo, demandó de la cárcel la resolución del consejo de disciplina y copia de la cartilla biográfica.

Precisó que el 7 de febrero de 2013 se realizará la visita requerida y al día siguiente serán entrevistadas su progenitora y esposa, quienes serán interrogadas acerca de su comportamiento el cual, por demás, ha sido calificado como excelente. Igualmente, remitió al juzgado un documento con la fórmula de pago de los perjuicios causados con el delito a la víctima, quien no ha querido aceptar la reparación planteada “con la finalidad de impedir mi salida de la cárcel”.

Por lo anterior, solicitó emitir respuesta inmediata y positiva en relación con la solicitud de sustitución de pena de prisión carcelaria por domiciliaria. Igualmente, pidió como medida cautelar disponer su “FAVOR LIBERTATIS”.

TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA

  1. El Tribunal Superior de Medellín avocó conocimiento de la demanda y ordenó vincular a la autoridad accionada, mediante auto del 14 de marzo de 2013. Integró el contradictorio con el Director del Centro Penitenciario y C. de Bellavista. Negó la medida provisional invocada en el libelo.

  2. El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la ciudad en mención informó que mediante decisión interlocutoria del 13 de marzo de 2013 se negó al sentenciado la prisión domiciliaria por...

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