Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 22 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 439205010

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 22 de Abril de 2013

Número de expediente32102
Fecha22 Abril 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

J.M.B.R.

MAGISTRADO PONENTE

Tutela No. 32102

Acta Extraordinaria No. 35

Bogotá, D.C., veintidós (22) de abril de dos mil trece (2013).

Se pronuncia la Corte sobre la acción de tutela interpuesta por la apoderada de la sociedad CONIELEC LTDA., contra la SALA LABORAL DE DESCONGESTIÓN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, trámite al cual se vinculó al JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, dentro del proceso ordinario que instauró L.K.M.M. contra la accionante.

I-. ANTECEDENTES

1-. La sociedad accionante presentó queja constitucional contra la autoridad judicial cuestionada, al considerar que le está vulnerando sus derechos fundamentales al debido proceso y el derecho patrimonial.

Manifiesta que la señora L.K.M.M., laboró para la sociedad CONIELEC LTDA., por el periodo comprendido entre el 6 de junio de 2007 y el 14 de agosto de 2009, contrato que fuera finalizado de forma unilateral por parte de la trabajadora, al señalar “motivos profesionales”.

La sociedad CONIELEC LTDA., en varias ocasiones requirió a la trabajadora para cumplir con el pago de las acreencias laborales por la terminación del contrato laboral, sin que la señora M.M., se acercara a la sociedad a retirar la citada liquidación.

Debido a lo anterior, la sociedad procedió a consignar en el Banco Agrario un título de depósito judicial por el monto de las prestaciones sociales, para lo cual indica que comunicó a la trabajadora que dicho monto estaba a su disposición.

Que la señora L.K., acudió a la jurisdicción ordinaria, demandando a la sociedad CONIELEC LTDA, solicitando que fuese declarada la existencia de despido indirecto dentro de la terminación del contrato y el pago de sus acreencias laborales.

En primera instancia, el Juzgado 3° Laboral del Circuito, absolvió a la demandada, y en grado de jurisdicción consulta, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en su Sala de Descongestión, revocó la sentencia de primera instancia, condenando a la sociedad CONIELEC LTDA., al reconocimiento y pago de la indemnización moratoria, además de los intereses moratorios sobre esta suma y las costas del proceso.

Conforme a lo anterior, advierte la tutelante que se agotaron todos los recursos ordinarios y extraordinarios, entre ellos el de casación, pero este le fue denegado por el Tribunal, por cuanto el interés jurídico no supera la cuantía para recurrir en esa sede.

Por lo anterior...

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