Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 18 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 439205374

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 18 de Abril de 2013

Fecha18 Abril 2013
Número de expediente66062
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

-SALA DE DECISION EN TUTELA-

Magistrado Ponente

L.G.S.O.

Aprobado Acta No. 116

Bogotá, D.C., dieciocho (18) de abril de dos mil trece (2013)

ASUNTO

Procede la Corte a resolver la impugnación presentada por M.G.Q.M., contra el fallo proferido el 27 de febrero de 2013 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Popayán, a través del cual tuteló su derecho fundamental de petición en relación con el Ejército Nacional – Oficina de Jefatura de Inteligencia Militar, y lo negó respecto de la Oficina de Beneficios Administrativos del Establecimiento Penitenciario y C. de Alta y Mediana Seguridad San Isidro de la misma ciudad, la Oficina de Coordinación de Antecedentes Penales del Departamento de DIJIN de la Policía Nacional y la Oficina S.I.A.N. de la Fiscalía General de la Nación.

1. ANTECEDENTES

Fueron reseñados en el fallo de primera instancia[1], así:

“M.G.Q.M., expuso que se encuentra condenado y su proceso lo vigila actualmente el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de esa ciudad. Igualmente que al encontrarse en fase de mediana seguridad, se encuentra facultado para solicitar el beneficio administrativo de 72 horas ante la autoridad competente.

Con el fin de reunir la documentación requerida para el efecto, el día 20 de diciembre de 2012, elevó derecho de petición ante la Oficina de Beneficios Administrativos del EPCAMS de Popayán, el Departamento de DIJIN - Oficina de Coordinación de Antecedentes Penales con sede en Bogotá, el Ejército Nacional Colombiano – Oficina de Jefatura de Inteligencia Militar con sede en Bogotá y Oficina S.I.A.N. de la Fiscalía, solicitando lo siguiente:

A la Oficina de Beneficios Administrativos del Instituto Penitenciario y C. de Alta y Mediana Seguridad “San Isidro” de Popayán: Tramite los documentos de rigor para su acceso al Beneficio administrativo de 72 horas.

Al Departamento de DIJIN – Oficina de Coordinación de Antecedentes Penales con sede en Bogotá: Remisión de antecedentes penales.

Al Ejército Nacional Colombiano - Oficina de Jefatura de Inteligencia Militar con sede en Bogotá: Remisión de antecedentes penales.

A la Oficina S.I.A.N. de la Fiscalía: Remisión de antecedentes penales.

Indica que ha transcurrido más de un mes sin que los accionados hayan contestado, en forma oportuna y de fondo su solicitud, vulnerando su derecho de petición, igualdad, y dignidad humana, situación que hace procedente el amparo constitucional demandado y por ende la impartición de la respectiva orden de protección inmediata, con miras a restablecer su vigencia y eficacia.”

  1. RESPUESTAS DE LOS DEMANDADOS

  2. El Director del Establecimiento Penitenciario y C.S.I. de Popayán indicó que la Oficina de Beneficios Administrativos de la institución realizó los trámites respectivos ante las autoridades administrativas y de policía, siendo así como ya se había recibido respuesta de parte del Ejército Nacional y de la Oficina S.I.A.N., encontrándose pendiente lo relativo a la DIJIN y la visita domiciliaria; lo cual le fue informado al interno mediante oficio 098 del 18 de febrero del año en curso.

  3. La Oficina S.I.A.N. de la Fiscalía General de la Nación refirió que efectivamente recibió la solicitud del libelista y mediante oficio SIAN No. 050 del 9 de enero de 201 le dio respuesta, el cual se dirigió al Director del Establecimiento Penitenciario y C.S.I., al ser el encargado de canalizar la información.

  4. El Departamento de Policía del Cauca – SIJIN, informó que realizadas las verificaciones pertinentes en la seccional de investigación criminal SIJIN, se determinó que mediante comunicación del 9 de enero del corriente año dirigida al correo electrónico epcpopayan@inpec.gov.co, se dio contestación a la solicitud de antecedentes del accionante.3. EL FALLO IMPUGNADO

La Sala Penal del Tribunal Superior de Popayán desvinculó del...

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