Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Abril de 2013
Número de expediente | 66316 |
Fecha | 23 Abril 2013 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS
Magistrado Ponente:
J.Z.O.
Aprobado Acta No. 123
Bogotá D.C., veintitrés de abril de dos mil trece (2013).
ASUNTO
Se pronuncia la Sala en relación con la demanda de tutela presentada por G.B.B. contra de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado dge esa misma ciudad, mediante la cual pretende el amparo de su derecho fundamental de debido proceso, presuntamente vulnerado por las autoridades judiciales en la causa que se adelanta en su contra.DEMANDA
Narra el accionante que el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Bogotá, el 8 de mayo de 2012, profirió en su contra sentencia condenatoria por el delito de hurto de hidrocarburos, imponiéndole la pena principal de 82 meses de prisión. Decisión que fue apelada ante el Tribunal Superior de ese mismo Distrito Judicial.
Indica el demandante que desistió de la impugnación interpuesta, con la finalidad de lograr la ejecutoria de la condena y así poder ser enviadas las diligencias a un Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad. Alega que hasta el momento no se ha resuelto lo pedido, cercenándole la posibilidad de acceder a los subrogados penales a los que considera tiene derecho.
Por lo tanto, solicita “(…) ordenar en un término no mayor de 48 horas el respectivo traslado de mi proceso para los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad de Manizales- Caldas para poder solicitar mis subrogados y así se subsane el derecho vulnerado (…)”. TRÁMITE DE LA ACCIÓNAdmitida la demanda, se dispuso su traslado para que las autoridades judiciales accionadas ejercieran el derecho de contradicción y aportaran las pruebas que estimaran pertinentes.
El Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Bogotá sostuvo que 8 de mayo de 2012, condenó a G.B.B. y a otros, a la pena principal de prisión de 82 meses de prisión al ser responsable del delito de hurto de hidrocarburos.
El 19 de julio de 2012, concedió en efecto suspensivo los recursos de apelación interpuestos contra el mencionado fallo, diligencias que fueron remitidas al Tribunal Superior de esta ciudad el 24 de julio siguiente, sin que a la fecha hayan retornado.
Señaló que el 18 de febrero del año en curso resolvió un derecho de petición presentado por el procesado, mediante el cual se le informó que el proceso en cuestión adelantado contra él y otros, aún no ha cobrado firmeza, y que hasta tanto, no es posible remitir la actuación a los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.
Por último, informó...
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