Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 30 de Mayo de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 440201734

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 30 de Mayo de 2013

Fecha30 Mayo 2013
Número de expediente41446
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

MAGISTRADO PONENTE

G.E.M. FERNÁNDEZ

Bogotá, D.C., treinta (30) de mayo de dos mil trece (2013).

MOTIVO DE LA DECISIÓN

El Despacho resuelve la impugnación interpuesta por C.A.G.G. y G.A.E.S. –éste último actúa en calidad de agente oficioso-, frente a la providencia del 21 de mayo de 2013, por medio de la cual un Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente la acción de habeas corpus promovida contra el Juzgado 13 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad extensiva al Juzgado 2 Promiscuo del Circuito de La Plata.

ANTECEDENTES

El 30 de junio de 2010 el Juzgado 2º Promiscuo del Circuito de La Plata condenó a G.G. a 72 meses de prisión por el delito de falso testimonio y desde esa fecha está privado de la libertad.

El 6 de diciembre siguiente la referida autoridad judicial le concedió el mecanismo sustitutivo de vigilancia electrónica.

Por autos del 7 de noviembre de 2012 y 5 de abril de 2013 el Juzgado 13 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá le negó la redención de pena por estudio, así como la libertad condicional. Esas determinaciones fueron recurridas por el sentenciado y actualmente se encuentran al despacho del juez de conocimiento para los fines pertinentes.

G.A.E.S., actuando como agente oficioso de C.A.G.G., instauró la presente acción constitucional en procura de lograr la protección, para este último, de sus derechos a la libertad y al debido proceso, por estar dentro de una actuación en la que no se han contado en debida forma los términos.

Manifestó que las dos terceras partes, para acceder al referido subrogado, equivalen a 48 meses de prisión. Además, ha descontado 34 meses y 27 días de tiempo físico y 74 días redimidos.

Aseguró que en el año 2011 el condenado realizó cursos de biología en la Institución Kyrios y en el 2012 estudios de derecho en la Fundación San Martín, razón por la cual tiene derecho a que le rediman 14 meses y 8 días. No obstante, el despacho demandado está en mora de reconocerlo.

Reseñó que el Establecimiento Penitenciario y C. “La Picota” de esta ciudad no ha remitido al juez ejecutor la documentación necesaria para reducir su pena por los estudios adelantados, con lo cual podría acceder a la libertad condicional.

Destacó que mediante fallo de tutela del 23 de octubre de 2012, confirmado por esta Corporación...

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