Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 445829774

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Junio de 2013

Número de expediente41496
Fecha06 Junio 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Bogotá, D.C., seis (06) de junio de dos mil trece (2013).

MOTIVO DE LA DECISIÓN

El Despacho resuelve la impugnación interpuesta por el señor J.F.B.G. en contra de la providencia de 31 de mayo de 2013, por medio de la cual un Magistrado del Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente la acción de hábeas corpus que por conducto de su defensora formuló contra la Fiscalía General de la Nación.

ANTECEDENTES
  1. La defensora del señor B.G. impetró en su nombre la acción pública por cuanto consideró que a su prohijado se le privó de la libertad en condiciones irregulares, relatando la manera en que fue abordado por investigadores del CTI en la ciudad de Cúcuta el 30 de mayo de 2012, organismo del cual también hacía parte, quienes bajo el pretexto de amenazas contra su vida y de un inminente riesgo lo trasladaron a Bogotá alojándolo en un hotel durante ese día, también el 31 de mayo y el 1° de junio del mismo año, restringiendo su capacidad de locomoción, para luego, el 2 de junio siguiente, ser capturado por virtud de una circular roja de la Interpol y ulteriormente ser sometido a trámite de extradición que aún se encuentra en curso en esta Corporación. Así entonces, refiere que durante esos tres días su aprehensión fue ilegal al no existir orden judicial expedida por autoridad competente que la avalara “y son hechos que no se subsanan, pues son violatorios de la Constitución y de los derechos fundamentales de cualquier ciudadano”.

  2. Una vez avocado el conocimiento del asunto y libradas las comunicaciones respectivas a las autoridades correspondientes, la Secretaría de la Sala Penal de la Corte informó que mediante resolución de 7 de junio de 2012, el F. General de la Nación libró en contra de BERMÚDEZ GUERRERO orden de captura con fines de extradición que se hizo efectiva el 8 siguiente, encontrándose en la actualidad el trámite al despacho del Magistrado Ponente para la emisión del respectivo concepto.

LA PROVIDENCIA RECURRIDA

Concluyó la primera instancia que la privación de la libertad del accionante es legítima, pues obedece a la orden de captura que con fines de extradición fue impartida por el F. General de la Nación en resolución de junio 7 de 2012, proferida en virtud de la nota diplomática 1286 del 5 de ese mes procedente de la Embajada de Estados Unidos de América, toda vez que las...

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