Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 11 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 447753510

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 11 de Junio de 2013

EmisorSala de Casación Penal
Fecha11 Junio 2013
Número de expediente66811
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

J.Z.O.

Aprobado Acta No. 178

Bogotá D.C., once (11) de junio de dos mil trece (2013).

ASUNTO

Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación interpuesta por el Gerente del Consorcio SAYP 2011 –FOSYGA– respecto del fallo de tutela proferido el 17 de abril de 2013, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, mediante el cual amparó los derechos fundamentales de acceso a la salud e información de la menor S.Z.G. representada por su progenitora M.S.G.Z., presuntamente vulnerados por el impugnante, el Ministerio de Salud y la Protección Social, EPS SALUDCOOP, COMFAMA EPS-S.

ANTECEDENTES
  1. Los hechos que dieron lugar a la petición de protección constitucional fueron resumidos por el a quo de la forma como sigue:

    “Señaló la agente oficiosa que el grupo familiar se encuentra afiliado al Sistema de Seguridad Social en Salud, en el régimen subsidiado, EPS-S COMFAMA y que por un error en el sistema de la base de datos de FOSYGA, su hija menor S.Z.G. identificada con registro civil No. 1011592992, aparece afiliada en el régimen contributivo en la EPS SALUDCOOP, en la ciudad de Cali.

    ”Que según certificado de SALUDCOOP, respecto del señor L.F.Z. se encuentra beneficiaria como beneficiaria S.Z.G. identificada con registro civil No. 1150688990, y que la menor SALOMÉ ZAPATA GONZÁLEZ identificada con registro civil No. 1011592992 no se encuentra afiliada a dicha entidad.

    ”Manifestó haber solicitado al Ministerio de Salud y Protección Social, por parte de SALUDCOOP, la corrección del número de identificación y de las inconsistencias del BDUA respecto de su menor hija.

    ”Que a la fecha, luego de varias solicitudes realizadas al FOSYGA, para la corrección de las inconsistencias respecto de los datos de la referida menor, no se han realizado los correctivos pertinentes, lo cual impide el acceso efectivo a la seguridad social en salud, conculcando sus derechos fundamentales.

    ”Por lo anterior solicitó el amparo de los derechos fundamentales de la menor S.Z.G., y en consecuencia que se ordene al CONSORCIO SAYP entidad administradora del FOSYGA que realice las correcciones de la información errónea en la base de datos del FOSYGA respecto de su hija”.

  2. Avocado el conocimiento de la acción, el Tribunal de instancia ordenó correr traslado de la demanda a las entidades accionadas para que ejercieran el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR