Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 449182850

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Julio de 2013

Número de expediente41639
Fecha03 Julio 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

MAGISTRADO PONENTE

G.E.M.F.

Aprobado Acta No. 208

Bogotá. D.C., tres (3) de julio de dos mil trece (2013).

MOTIVO DE LA DECISIÓN

La Sala se pronuncia sobre la solicitud elevada por el defensor del imputado V.A.V.M., quien impugnó la competencia del Juzgado 12 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín, para conocer del juzgamiento que por el delito de receptación, se adelanta en contra de su representado.

ANTECEDENTES
  1. Según el escrito de acusación, el 12 de febrero de 2013 en la calle 104 con carrera 39 de la ciudad de Medellín, vecinos del sector reportaron que un sujeto se encontraba desvalijando dos automotores. La Policía Nacional acudió a ese lugar, cuando observaron que V.A.V.M. estaba quitando los pernos de uno de los vehículos. Al ser sorprendido emprendió la huida, pero, posteriormente, fue aprehendido. Dichos funcionarios constataron que uno de los vehículos había sido reportado en la URI por hurto.

  2. Al día siguiente, ante el Juez 3º Penal Municipal con Función de Control de Garantías de esa ciudad, se realizó audiencia de formulación de imputación por el delito de receptación. Asimismo, fue cobijado con medida de aseguramiento consistente en detención preventiva.

  3. El 28 de febrero del mismo año[1] la Fiscalía 34 Seccional presentó escrito de acusación sin allanamiento a cargos en contra del procesado por la conducta punible de receptación.

  4. Los días 18 y 29 de abril de esa anualidad[2], el ente acusador amplió el interrogatorio del indiciado, quien manifestó, estando en compañía de su abogado, que hurtó el automotor R9, color rojo, en la localidad de Guarne, razón por la que afirmó que no es responsable del delito que le fue imputado.

  5. El 14 de junio de 2013, el Juzgado 12 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín, adelantó audiencia de formulación de acusación, escenario en el que el defensor impugnó la competencia del juez para conocer del juicio, al concluir que su prohijado reconoció que cometió el delito de hurto en el municipio de Guarne, motivo por el cual las diligencias deben ser conocidas por los juzgados municipales de esa localidad.

Finalizada la intervención de la defensa, el juez le concedió el uso de la palabra al representante de la Fiscalía General de la Nación, quien señaló que formuló imputación y presentó escrito de acusación por el delito de receptación en contra del procesado, por hechos que habrían ocurrido en la ciudad de Medellín. Sin embargo, aquél rindió dos interrogatorios, en donde manifestó que hurtó el vehículo R9, color rojo, en la localidad de Guarne, motivo por el cual su apoderado judicial rechaza los reproches realizados en su contra.

Por tal motivo, indicó que “estoy de acuerdo con el señor defensor que en (sic) gracia a lo expuesto, a lo sobreviniente y demás, seguramente su señoría había una incompetencia por parte de su señoría y por parte del suscrito y se vería (sic) a mi juicio como dice el señor defensor, entonces, remitirse para ese municipio”[3].

El funcionario judicial, luego de escuchar los argumentos expuestos, ordenó la remisión de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR