Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 25 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 450128594

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 25 de Junio de 2013

Número de expediente11001023000020130012900
Fecha25 Junio 2013
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ

Bogotá D. C., veinticinco (25) de junio de dos mil trece (2013)

Discutido y aprobado en Sala de veinticinco (25) de junio de dos mil trece (2013)

R.. exp. 1100102300002013-00129-00

Se decide el amparo formulado por J.E.S.R. contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, extensivo a las Salas de Casación Laboral y Penal de la Corte Suprema de Justicia, siendo vinculados el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria y el Juzgado Único Laboral del Circuito de Fundación.

ANTECEDENTES
  1. Obrando en forma directa, el accionante solicita la protección de sus derechos al debido proceso, trabajo, favorabilidad e igualdad.

  2. Circunscribe la vulneración a la sentencia de segunda instancia con la que el Tribunal confirmó la del a-quo favorable a las pretensiones del juicio especial de fuero sindical –permiso para despedir- que el Banco BBVA Colombia S. A. adelantó en su contra, dictada en cumplimiento a un fallo de tutela emitido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, ratificado por la Sala de Casación Penal de la misma Corporación.

  3. Apoya la protección deprecada en los siguientes supuestos fácticos (folios 15 a 17):

  1. Que con la mencionada entidad financiera estuvo vinculado mediante contrato de trabajo desde el 13 de febrero de 1987.

b.-) Que el banco acudió a la jurisdicción ordinaria para que le autorizara levantar el fuero sindical que lo protegía y le diera permiso para despedirlo por el incumplimiento de los deberes y obligaciones propios del cargo desempeñado.

c.-) Que formuló las excepciones de prescripción y de inexistencia de la justa causa para el “despido”.

d.-) Que el 21 de junio de 2012, el Juzgado Único Laboral del Circuito de Fundación accedió a las súplicas de la demanda en referencia, y declaró no probadas las defensas planteadas.

e.-) Que el 27 de septiembre del año pasado, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de S.M. infirmó el anterior pronunciamiento, por considerar que operó “la prescripción de la acción”, argumentando que el trámite disciplinario seguido contra el trabajador no podía descontarse del cómputo respectivo, toda vez que ello era viable únicamente si el mismo estaba consagrado en la convención, cosa que no acontecía en el asunto examinado.

f.-) Que el 28 de enero de 2013, la Sala de Casación Laboral de esta Corporación acogió la tutela que el BBVA Colombia S. A. impetró contra la decisión del ad-quem, al estimar que contrario a lo razonado por este, el plazo extintivo debía contarse desde la finalización del proceso disciplinario interno seguido por el empleador, de acuerdo con el recto entendimiento del artículo 118 A del Código de Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social.

g.-) Que el 20 de marzo siguiente, el Tribunal profirió nueva...

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